Hola, soy
miembro del consejo de propietarios y hace poquito lo formamos en un
edificio en capital con 58 departamentos, sótano, jardín y terraza.
Tenemos un encargado con vivienda y una señora que viene dos veces por
semana 6 horas por día, tiene 9 años de antigüedad y 61 años.
A la señora se
le paga por convenio de encargados de vivienda y las vacaciones se
computan a razón de 8 días por mes, ¿es correcto?. Además, recién
ahora está realizando los trámites de jubilación y como tiene muchos
años sin aportar (solamente los que trabajó acá) también tiene ese
problema con el Suterh, en la parte de salud, debido a que no la aceptan
ya que dicen que por la cantidad de horas no le corresponde esa obra
social.
Mi pregunta es
la siguiente: ¿podemos cambiarla de sindicato y a su vez a cuál
corresponde?
¿Qué podemos
hacer con respecto a la jubilación? Ella ya no limpia bien, no falta
nunca pero no trabaja, lava su ropa, hace cosas personales. Queremos
activar la jubilación para obligarla y ayudarla económicamente a que se
jubile. ¿Hay que despedirla?
Espero urgente
y detallada respuesta.
Mil gracias.
Lala