Horas
nocturnas II
Estimada
MFL: Gracias por tu respuesta a mi inquietud anterior. La voy a
mejorar:
El vigilador nocturno trabaja de 23 a 06 de lunes a viernes, o sea, 35 hs
semanales a valor normal y pleno de convenio, cuando yo entiendo que, según
todos los articulados a los que hacés referencia, debería trabajar 42
hs. semanales a valor normal y pleno.
Las 7 hs que le faltan podría hacerlas:
1) El domingo de 23 a 06 del lunes, abonándole 1 hs al 100% (de 23 a 24
del domingo) y las restantes 6 hs del lunes a valor normal.
2) Distribuir las 7 hs faltantes entre lunes a viernes entre las 21 y
las 23 hs. abonándolas al 50%
¿Es
correcto?
Gracias.
Carlos
(28/08/2008)
Estimado
Carlos, la idea del domingo no me convence pues entiendo que se deberían
abonar todas al 100%, sí me inclinaría por la segunda opción y aquí
viene otra consideración.
Lo
que estamos conversando puede cambiar si se trata de una relación con
antigüedad o de una relación nueva. En el primer caso, hagas lo que
hagas, estarías cambiando las condiciones del contrato de trabajo; en el
segundo es distinto porque las condiciones de trabajo la estás informando
de entrada y si no se contrapone con las leyes, está en el trabajador
aceptarlas o no según su conveniencia.
Si
es el caso de un trabajador que ya está trabajando, esas horas que vos
agregas los días lunes a viernes, tendrías que abonarlas sí o sí al
50% aunque no superen las 42 horas semanales y además el trabajador tiene
que estar dispuesto a hacerlas porque –como decía anteriormente-
estamos cambiando las reglas de juego con el juego ya empezado, ¿se
entiende?
Te
vuelvo a recordar que otra alternativa es el SECLO (Callao 110, PB).
Un
saludo grande.
MFL![Envíe desde aqui su comentario sobre esta nota](https://www.PequenasNoticias.com.ar/amulen/Imagenes/TgC_email22.gif)
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