Correo
de Lectores
"¿Podemos
ponerla en blanco?"
Hola:
Quisiera pedirles asesoramiento sobre una señora que realiza trabajos de
limpieza y que viene a mi edificio 3 veces por semana, 4 hs. por
día.
La consulta es la siguiente: ¿podemos ponerla en blanco con esa cantidad
de horas? De lo contrario, ¿cuántas horas debería trabajar y cuánto
sería su sueldo?
Mi edificio tiene 29 departamentos y no tiene ascensor ni servicios
centrales, nunca tuvo encargado porque no hay vivienda para que ocupe.
Además, les pido que, si pueden, me recomienden algún profesional
abogado especialista en temas de consorcios en la zona oeste del Gran
Buenos Aires.
Estamos haciéndonos cargo de la administración un grupo de vecinos.
Muchas gracias por su atención.
Cristina.
(11/02/2008)
Estimada
Cristina, antes de todo te digo que sí, que la trabajadora debería estar
en blanco y el convenio colectivo de la actividad 378/04 define al
Personal Jornalizado de no más de 18 hs. semanales como "quienes
realizan tareas de limpieza y que no trabajen más de dieciocho horas por
semana en el mismo edificio. A este tipo de personal se le abonará por
hora de trabajo realizado no pudiendo en ningún caso pagarse menos de dos
(2) horas diarias [...]. En ningún caso la aplicación de esta norma
podrá dar lugar a una disminución del salario actualmente vigente".
El
valor por hora, según la escala vigente desde el mes de agosto de 2008 es
de $15.63 y te recomiendo que leas en este mismo boletín Nº 371 la nota
titulada "Cambios en los aportes y contribuciones de obra
social".
Un
saludo grande.
MFL![Envíe desde aqui su comentario sobre esta nota](https://www.PequenasNoticias.com.ar/amulen/Imagenes/TgC_email22.gif) ![Volver al indice](https://www.PequenasNoticias.com.ar/Imagenes/Ilustraciones/FlechaArriba2.gif)
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