Mi preguntas se
refieren a la modificación de la Ley 20.744 art.92 y su aplicación en
nuestro convenio.
Nuestro
edificio tiene un encargado no permanente sin vivienda. Trabaja 4 horas y
pertenece a la 3ª categoría. A su vez, él trabaja en otro edificio como
encargado permanente con vivienda. En este caso, cómo debemos hacerle el
aporte a Obra social. No es un caso de pluriempleo y por lo tanto ¿le
debo seguir aportando como lo hacia hasta ahora, es decir por la
categoría inscripto en nuestro consorcio?
En el caso que
le deba aportar en la obra social por las 8 hs., en el Formulario 931,
¿qué modificaciones debo hacer? ¿en el recibo de él también debo
modificar algo?
También se me
presenta el caso del suplente por los días que el encargado se fue de
vacaciones. Al suplente le di el alta en Mi Simplificación por 4 hs a $
36,50 por día ya que por 8 horas es $73.
Este encargado
aparte realiza otra actividad por la cual aporta como monotributista. No
se da también la situación de pluriempleo. Aclaro que por la actividad
de suplente por día, efectuó todos los aportes de ley por los días que
dura la suplencia, incluido SUTERH y FATERYH. La obra social tanto en el
monotributo como en la suplencia es la misma.
Además, el
encargado titular y el suplente debe hacer (1) hora extra todos los
domingos para la recolección de la basura, siempre la hizo y ahora con la
modificación de la ley punto 2 se dice que no, ¿cómo es?
El FATERYH puso
en su página un teléfono y cuando hacés estas preguntas te cortan,
imagino que es porque ni ellos tienen las respuestas claras.
Gracias, yo
efectué el curso de sueldos con ustedes y ahora me desorientan con las
modificaciones.
Ricardo.