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Correo de Lectores

Una situación complicada

Hola mi nombre es Valeria y quería hacerles una consulta.
El caso es el siguiente:  Trabajador jubilado fallecido, edad de fallecimiento: 67, al jubilarse no se le pagó indemnización ni se lo despidió. Ni bien se jubiló en el recibo de sueldo ya no le hicieron aportes por seguro colectivo de vida ni aportes sindicales por seguro de vida y sepelio (por lo tanto, tampoco su familia pudo cobrar seguro de vida y sepelio del sindicato ni el colectivo). Sólo aparece el 11% de la retención por jubilación. En cuanto a la indemnización final se le pagó según art. 247, ¿no tendría que haber sido según el art. 245?
Su esposa trabaja en la misma empresa, lo único que cambió en el recibo de ella que estaba en la misma condición que el jubilado fallecido. Ahora se le hacen aportes sindicales pero no tiene los aportes por los seguros de vida.
Desde ya le agradecería si pueden darme una respuesta o aportar un poco de luz a lo que debería haber sido porque en realidad hubo muchas irregularidades en este caso y me parece irrisorio que no se le pague todavía a 4 meses de la muerte el seguro de vida colectivo.
Desde ya gracias

(17/08/2009)

Estimada Valeria, este espacio tiene por objeto despejar dudas puntuales que se presentan a la hora de liquidar sueldos en el sector de la propiedad horizontal. Tu consulta es más para un abogado laboralista –aclaro que yo no lo soy- pues hay muchas cuestiones irregulares y no podría decirte ni siquiera por dónde empezar para regularizar lo pasado y lo presente.

Lo más serio de mi parte es que te acerques a un profesional especializado –y en particular laboralista con conocimientos de este sector- y le lleves todas estas inquietudes con toda la documentación que tengas al respecto. Es lo más conveniente tanto para vos como para los trabajadores involucrados.

Un saludo grande.

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