Estimada
Carola, tus preguntas son "las" preguntas. Te adelanto que yo no
soy abogada y lo que te cuento es lo que veo en los tantos sueldos que
pasan por mis manos. Sería bueno que tengas la opinión de un abogado
laboralista.
Lo que noto
cuando se da la reincorporación de un trabajador jubilado es que la
antigüedad y los días de vacaciones los tratan según cada caso. Tengo
sueldos en los que se liquida la antigüedad completa y se toman los días
de vacaciones correspondientes desde la fecha del primer ingreso y tengo
casos en los que se hace borrón y cuenta nueva; o sea que se comienza a
liquidar como una nueva relación laboral.
Te diría que
cualquiera sea el caso, que quede bien claro entre empleado y empleador
cuál es el acuerdo al que arribaron y no sería mala idea llegarse hasta
el SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria) y dejarlo
asentado.
Otra vez:
sería bueno escuchar la opinión de un abogado especializado en el tema.
Un saludo
grande.
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