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Correo de Lectores

Los ya famosísimos $380

¡Hola, un saludo a todos los que hacen "Pequeñas Noticias". Estuve viendo en el último boletín la nota "Yo sigo sin entender" y me quedaron dudas. Yo liquidé en julio $200 (100 de Mayo + 100 de julio), en agosto liquidé sólo $100 correspondientes a agosto, quedarían en septiembre liquidar $80.- Ahora por lo que pude ver en la nota del boletín arriba mencionado, la liquidación sería diferente ya que debería haber liquidado $300.- en agosto. ¿Es esto así o estoy equivocado? ¿y en septiembre debería liquidar $380 ? ¿y en octubre y noviembre?

¿Me Pueden ayudar? 

Desde ya muchas gracias ya que sus boletines son de muchísima ayuda. 

Gracias.

Roberto.

(14/09/2009)

Hola Roberto, veamos si te puedo dar una mano. Creo que para que lo entiendas, la clave está en la redacción del punto 1 y del 4 para ver la diferencia entre ambos. El punto 1 dice "Incorporar un aumento salarial remunerativo..." y sigue explicando en qué meses hay que incorporarlos y el 4 punto dice "En el mes de enero y febrero se abonará una suma fija de carácter no remunerativo, en dos cuotas, cuyo total será de $ 480..."

Al decir "incorporar", una vez que lo pagás no lo podés quitar entonces los $100 que incorporaste en mayo lo seguís pagando siempre, lo que incorporás en julio lo seguís pagando siempre y así sucesivamente. En el caso que dice "una suma fija" queda claro que se paga una vez y nunca más.

Entonces, como esta homologación fue en julio, quedaron valores retroactivos. Para que lo entiendas mejor, si esto se hubiese hecho en tiempo y forma deberías haber pagado en:

 

 

 

 

 

Total

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Sep.

Oct.

Nov.

$100

$100

$100

$100

$100

$100

$100

 

 

 

 

 

 

$100

$100

$100

$100

$100

 

 

$100

$100

$100

$100

 

$80

$80

$80

$100

$100

$200

$300

$380

$380

$380

Los valores que te puse en negrita representa el mes en que se "incorporó" el importe en cuestión y los que no están resaltados es la repetición de ese valor en los meses siguientes. En diciembre se terminan los problemas porque el punto 2 dice que a partir de ese mes "el incremento pautado se integrará con los correspondientes proporcionales para la apertura de las categorías y conforme escala salarial que las partes confeccionarán para agregar a la presente acta" y ya que estamos te adjunto también el punto 3 relacionado con los adicionales: "A partir del mes de diciembre, también se adecuarán los valores de los plus salariales de este convenio, en proporción a los porcentuales otorgados en este convenio".

Como no fue suficiente la desprolijidad de este aumento, además fue retroactivo porque nos enteramos de todo esto recién en el mes de julio, por lo tanto si te fijás en la tabla de arriba, en julio deberías haber abonado el total de mayo + el total de junio + el total de julio. Todo eso sumaba $400.

Espero haberte ayudado, un saludo grandote.

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