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Correo de Lectores

Personal de vigilancia media jornada

Buenas tardes:

Mi consulta tiene que ver con la vigilancia. 

El vigilador que tenemos contratado no puede trabajar las 6 noches, 7 horas por noche por lo que, la administradora, le ofreció repartirse la tarea con otro vigilador 4 y 3 días una semana, 3 y 4 la semana siguiente. 

Mi duda es si podemos tener a 2 vigilancias nocturnos trabajando, en definitiva, (4 días una semana, 3 días la otra) 15 días cada uno, porque el día de mañana pueden reclamar que le adeudamos la mitad del sueldo... es decir que le pagamos por 15 días y trabajaron 30... 

Según la tabla salarial de SUTERH , existe la posibilidad de tener vigilancia de media jornada pero, de medio mes, ¿ es posible?

Por ejemplo en mi trabajo no existe la posibilidad se trabajar 3 días a la semana por la mitad del salario. 

En el caso de los vigiladores, ¿esto es posible? 

Le pedimos a la administradora que lo consultara con SUTERH pero hasta el momento no tenemos respuesta, 

No vemos que en la Ley de Contrato de Trabajo hable sobre esto. 

Muchas Gracias! 

Cynthia.

(02/01/2010)

Hola Cynthia, entiendo tu consulta y por dónde viene tu duda. Lo que vos querés plantear es que no es lo mismo que una persona trabaje todos los días de la semana 4 horas que la mitad de los días de una semana y en esos días la jornada completa.

Yo diría –recordá que no soy abogada y que sería muy bueno tener la opinión de un profesional- que si al mes el trabajador no hace más de las horas correspondientes a un trabajador de media jornada y ambos trabajadores aceptan estas condiciones laborales, con informar fehacientemente los días y los horarios a cumplir (ya sea por carta documento; o en el Libro de Ordenes; o por una carta en forma manuscrita solicitando ellos estos horarios) sería suficiente.

Considero que lo más importante es que quede claro cuáles son los días de trabajo, las horas totales que se hacen en el mes para no superar las horas de un trabajador de media jornada y que se pueda probar que todos –empleador y empleados- están debidamente notificados y que aceptan las condiciones.

Otra vez, no te olvides de obtener la opinión de un profesional en el tema para que todos se queden tranquilos y no acarrear errores que al final, son muy caros.

Un saludo grande.

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