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Vacaciones para el encargado y la suplente E stimados:La ayudante y el encargado de mi edificio es un matrimonio. En período de vacaciones, ¿se puede reemplazar uno a otro o deben tomar juntos las correspondientes vacaciones? Atentamente.- Francisco (30/01/ 2010)E stimado Francisco, no se pueden reemplazar entre sí y esto surge del Artículo 8 del convenio de la actividad.Bajo el título "Designación de Suplente" el artículo en cuestión dice: "Cuando haya encargado/a y ayudante, será facultad del empleador la designación del suplente. Sin perjuicio de ello, en los casos en que el cónyuge del/la encargado/a desempeñe las tareas del ayudante, el franco semanal y las vacaciones serán gozadas conjuntamente". Un saludo grande. |
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