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Contrato eventual

Hola amigos, liquido sueldos para consorcios y necesito saber si por una suplencia de vacaciones, se puede hacer un contrato eventual, o existe otra modalidad que deba utilizar.

Espero vuestra ayuda.

Gracias!!!

Patricia
(25/02/2010)

Hola Patricia, en el caso de los suplentes no tenés que hacer ningún contrato especial.

Desde el punto de vista del CCT, el valor por día hábil (8hs) de un suplente es de $93 y desde el punto de vista de la AFIP para darle el Alta Temprana es un trabajador a tiempo determinado (código 22), que cobra sus haberes por día y que tiene fecha de inicio y fin de actividades.

Un saludo grande.

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