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Jornalizado no más de 18 semanales

Desearía conocer cuánto debería abonarse detalladamente con los porcentajes si un operario trabajara "jornalizado" 4 horas semanales, es decir menos de 18 hs. mensuales. Agradecería de corazón la información.

Aldo

(06/09/2010)

Estimado Aldo, la categoría según el CCT es "Personal Jornalizado no más de 18 horas por semana" y el valor por hora es de $ 27.16 según la escala salarial vigente de Agosto/2010.

En cuanto a los descuentos que deberá llevar el sueldo son los siguientes:

1)

Jubilación:

11%

 

2)

INSSJP: (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados)

3%

 

3)

Obra Social:

3%

 

4)

Caja de Protección a la familia:

1%

Convenio Colectivo de Trabajo Nº 378/04 Art. 19

 

Total

18%

 

En el caso de que el trabajador esté afiliado al sindicato, también se le debe descontar:

5)

Sindicato:

2%

(Este valor puede cambiar de una provincia a otra)

6)

Fondo de la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad

1%

Convenio Colectivo de Trabajo Nº 378/04 Art.27

Te recuerdo que si en este caso, el trabajador desea hacer uso de la obra social, se le deberá descontar el 3% del haber de un trabajador mensualizado, o sea de 8 horas, según las características del edificio, o sea de un encargado permanente con vivienda o sin vivienda de la categoría que sea el edificio.

Un saludo grande.

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