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Correo de Lectores |
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Recolección de residuos en día domingo Hola Fabiana, agradecería me pudiese responder o aclarar una duda que tengo en las liquidaciones consorciales.Encargado semipermanente con vivienda: No he liquidado domingos recolección de residuos; tampoco recolección de feriados. Desde hace dos años que lo tenemos trabajando. 1ª consulta: ¿la omisión reclamada es correcta? es decir ¿debemos liquidar aparte del ítem recolección mensual que indica la tabla del SUTERH? 2ª consulta: ¿se puede llegar a un acuerdo en caso de reconocimiento de la deuda para realizar la aplicación de "DOBLE o COMPENSATIVO" y darle días francos en lugar de realizar la erogación de dineros? Gracias por la respuesta Daniel (20/10/2010) Hola Daniel, no me queda claro si este trabajador retira o no los residuos durante los días de semana o sólo los retiraba los días domingos. De acuerdo a ello, tu consulta se divide en dos: 1) Si los retira los días de semana, el retiro de residuos se debe abonar mensualmente según lo indica el adicional de la escala salarial (actualmente $4.85 x unidad) y no tiene obligación de retirarlos en los días domingos que es su día de descanso. 2) Si los retira sólo los días domingos o también en los días domingos, lo que corresponde es abonarle horas extras al 100% según el tiempo que le lleva hacer ese trabajo. Espero con esto poder responder a tu consulta y cualquier situación que se arregle con el trabajador, lo ideal es hacer homologar este acuerdo en el SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria) que depende del Ministerio de Trabajo. Un saludo grande. |
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