Curso/taller de Sueldos para Propiedad Horizontal

Correo de Lectores


Sólo para la Administración Pública

Buenas tardes: 

Quería consultarles cómo se considera el 23/12 y 24/12 con respecto al pago de sueldo de diciembre si se pagan horas extras o cómo se realiza el cálculo ya que hay un decreto 1923/10 que considera un asueto a partir del mediodía del 23/12. 

Saludos y gracias.

Julio

(17/12/2010)

Estimado Julio, el Decreto 1923/10 se publicó en el Boletín Oficial el día 10 de diciembre pero en su artículo 1° y 2° queda claro que el asueto es para la Administración Pública, por lo tanto los encargados de edificios quedan al margen de este beneficio.

Te transcribo los dos artículos: 

Artículo 1º - Otórgase asueto a la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL los días 23 y 30 de diciembre de 2010, a partir de las 12 horas.

Art. 2º - Otórgase asueto a la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL los días 24 y 31 de diciembre de 2010.

Un saludo grande.

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