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Correo de Lectores |
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Suma no remunerativa proporcional Necesito consultarles por los adicionales no remunerativos con los sueldos de enero y febrero 2011. Entiendo que a los encargados permanentes les corresponde el total, pero no se explicita a los de media jornada o jornalizados como abonarles. Muchas gracias. Cynthia. (30/12/2010) Hola Cynthia, en este mismo boletín en la nota de sueldos se explica cómo abonarle la suma no remunerativa de $300 a los trabajadores que no son mensualizados, pero te lo transcribo aquí: * En el caso de ser mensualizado se le deberán liquidar $ 300 en el mes de enero y otros $300 en febrero. * Si el trabajador es de media jornada (incisos d, e, h, n del artículo 7º del convenio) se le deberán liquidar 150 pesos en cada mes ($300/2). * Si el trabajador es jornalizado (incisos p del artículo 7º del convenio) se le deberá liquidar 1,5 pesos por hora ($300/200). * Si el trabajador es diario (artículo 8º del convenio) se le deberá abonar 12 pesos por día trabajado ($300/200*8). Un saludo grande. |
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