Curso/taller de Administración de Consorcios (Aspectos legales)

Correo de Lectores


Suma no remunerativa proporcional

Necesito consultarles por los adicionales no remunerativos con los sueldos de enero y febrero 2011. Entiendo que a los encargados permanentes les corresponde el total, pero no se explicita a los de media jornada o jornalizados como abonarles.

Muchas gracias.

Cynthia.

(30/12/2010)

Hola Cynthia, en este mismo boletín en la nota de sueldos se explica cómo abonarle la suma no remunerativa de $300 a los trabajadores que no son mensualizados, pero te lo transcribo aquí:

* En el caso de ser mensualizado se le deberán liquidar $ 300 en el mes de enero y otros $300 en febrero.

* Si el trabajador es de media jornada (incisos d, e, h, n del artículo 7º del convenio) se le deberán liquidar 150 pesos en cada mes ($300/2).

* Si el trabajador es jornalizado (incisos p del artículo 7º del convenio) se le deberá liquidar 1,5 pesos por hora ($300/200).

* Si el trabajador es diario (artículo 8º del convenio) se le deberá abonar 12 pesos por día trabajado ($300/200*8).

Un saludo grande.

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