Curso/taller de Administración de Consorcios (Aspectos legales)

Correo de Lectores


Seguro de Vida y Formulario 931

Nos es de mucha utilidad toda la información brindada desde su boletín. 

Nos ha surgido la siguiente inquietud: ¿debemos desde el período 1/2011 tildar en los datos del empleador que cuenta con póliza de seguro de vida obligatorio y sólo tildar en el apartado del empleado "con cobertura" si es el mes que corresponde la renovación?

Hacemos esta pregunta porque en el ejemplo ustedes indican que debe cambiarse los datos del empleador sólo a partir del inicio de la próxima cobertura.

Por favor, quedamos a la espera de su asesoramiento.

Desde ya muchísimas gracias.

Adm. M.

(01/02/2011)

¡Hola! La verdad es que –como todo procedimiento nuevo- hay falta de información práctica para hacer las cosas sin dudas y con total seguridad de que se están haciendo bien.

Para redactar la nota del boletín anterior y como lo expresamos allí, "consultamos al Sr. Diego Camperi de Interacción ART quien nos dedicó todo el tiempo necesario para quitarnos las dudas que no eran pocas. Antes que nada nos explicó que la prima se deberá comenzar a abonar con el F.931 cuando deje de tener vigencia la actual póliza del seguro".

Con respecto a tildar o no en los "Datos del Empleador" lo único que genera es la posibilidad de tildar luego en los datos del empleado y en poner los $12 de la renovación de la póliza.

De todas formas lo más importante es que se abone el dinero correspondiente cuando se tenga que abonar. Para esto –y para que no queden dudas al respecto- lo más apropiado es quitarte la duda con tu productor de seguros y chequear con la póliza en la mano la vigencia de la misma y a partir de qué mes tenés que comenzar a hacer el pago junto con las cargas sociales en el Formulario 931.

Un saludo grande.

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