Con respecto a
la reincorporación de este mismo trabajador te detallo algunos puntos a
tener en cuenta:
- Correcta
intimación para que inicie los trámites de su jubilación y no olvidar
el preaviso dentro del plazo de un año que tiene para lograr el
beneficio.
- Función y
categoría de la nueva relación laboral.
- Antigüedad
que se le abonará mensualmente y en base a ello las vacaciones que
gozará a partir de la nueva fecha de ingreso.
- Denunciar la
incorporación al trabajo del empleado jubilado siempre que no haya sido
jubilado por invalidez.
- En caso de
despido, tener en cuenta que la fecha para el cálculo de la
indemnización por antigüedad será la segunda y no la primera.
Estos son
algunos de los puntos claves a tener en cuenta para que los copropietarios
tomen una decisión sabiendo la situación que deberán enfrentar.
Si bien ya has
consultado a un especialista, sería bueno charlar estos temas para que
les sugiera lo mejor para todos y se quiten todas las dudas al respecto.
Un saludo
grande.
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