Curso/taller de Administración de Consorcios (Aspectos legales)

Correo de Lectores


Duplicidad de pólizas

Tengo un operario para limpieza en relación de dependencia que trabaja en mi consorcio de cocheras 15 hs. mensuales (3 hs. por día). Su consorcio de origen está a una cuadra, por supuesto en relación de dependencia, en el cual se le abona el sueldo mensual, salario familiar, etc. y todos los seguros SVO y SCVO.

Hasta ahora estos dos últimos ítems yo no los abonaba por el concepto de duplicidad de pólizas.

Ahora bien, ¿sigo igual o hago mis respectivos aportes a través de la AFIP?.

Saludos.

Eduardo.

(28/02/2011)

Hola Eduardo, si yo no entendí mal estamos hablando de dos empleadores distintos, o sea dos consorcios de propietarios diferentes.

Si esto es así, entiendo que cada empleador debe contratar y abonar las pólizas que corresponde.

Un saludo grande.

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