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Correo de Lectores |
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Antigüedad en trabajadores suplentes Para el suplente de encargado con 17 años de antigüedad que trabaja fin de semana por medio, 4 horas con sábado (por la tarde), 8 horas con domingo y 1 feriado por mes (o sea 4+4+8+8+8), es decir 32 horas al mes todas al 100%: 1) ¿Corresponde $ 64,54 X 17 = $ 1.097,18? 2) ¿El plus es 64,54/176 hs x 64 hs.= 23,46 x 17 = $ 398,82? 3) ¿El plus es el mismo para un encargado que trabaja 176 horas por mes que para el que trabaja 1 hora por mes? Muchas gracias. Raúl (31/05/2011) Estimado Raúl, el valor del año de antigüedad se modificó mediante la Disposición 106/2009 publicada en el Boletín Oficial del 27/07/2009. En la primera de las cláusula que modifican el convenio dice: "1. A partir del mes de mayo corriente año (2009) la bonificación por antigüedad para los trabajadores de las categorías de media jornada, suplente y jornalizados (incisos d, e, h, n y p del artículo 7 y artículo 8) será del 1 % del sueldo básico de los ayudantes permanentes sin vivienda de cuarta categoría. Este nuevo porcentual regirá para los trabajadores/as que ingresen a partir de la homologación del presente acuerdo". Por lo tanto, todos los trabajadores con fecha de ingreso anterior al 16/07/2009, fecha en que se homologó, se le debe abonar el plus por antigüedad en función del 2 % y no del 1 %. Un saludo grande. |
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