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Correo de Lectores |
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Antigüedad de un encargado no permanente Mi consulta es la siguiente: Encargado no permanente sin vivienda ¿qué antigüedad se le debe pagar por año trabajado? Saludos Nancy (15/08/2011) Hola Nancy, el valor que se le debe abonar es el "1 % del sueldo básico de los ayudantes permanentes sin vivienda de cuarta categoría" (Disposición 106/2009 BO 27/07/2009) siempre que la fecha de ingreso a su trabajo sea posterior a la fecha de homologación de esta norma que fue el 16 de julio de 2009. Actualmente y según la escala de Agosto 2011 ese valor es de $34.53 (1 % de $3453) Un saludo grande. |
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