Hola
Mary, interpreto que estamos hablando de un trabajador mensualizado de
jornada completa o de media jornada. En el artículo 12 inciso c) del
convenio habla sobre las vacaciones:
Un
período continuado de descanso anual, conservando las retribuciones que
recibe durante el servicio de:
*
Doce días hábiles cuando la antigüedad al servicio del empleador no
exceda de cinco años;
*
Veinte días hábiles cuando la antigüedad al servicio del empleador sea
mayor de cinco años y no exceda de diez años;
*
Veinticuatro días hábiles cuando la antigüedad al servicio del
empleador sea mayor de diez años y no exceda de veinte años;
*
Veintiocho días hábiles cuando la antigüedad al servicio del empleador
exceda de veinte años;
Para
saber la cantidad de días de vacaciones que le corresponde a un
trabajador se debe tener en cuenta la antigüedad al 31 de diciembre del
año del cual se tomará las vacaciones. Si a esa fecha la antiguedad es
de 10 años y 1 mes ya le corresponden los 20 días hábiles de
vacaciones.
Un
saludo grandote
MFL