Muchas veces los administradores han recibido quejas de los vecinos porque un copropietario tiende la ropa en el balcón de su unidad, lo que resulta desagradable a la vista de cualquier persona y afea el frente del edificio. Conforme a lo establecido en el decreto Nº 3.244/944, publicado en el Boletín Municipal 7215 del 21/08/944, se prohibe en la Ciudad de Buenos Aires "el tendido de ropas, alfombras, colchones y otras prendas y efectos en los balcones, ventanas y azoteas, visibles desde la vía pública". |
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