Antes de continuar con la
siguiente norma que queremos estudiar, que es la de convocatoria a
asamblea (IRAM 65003) quería escribir unas palabras sobre el
Instituto Argentino de Normalización (IRAM). Esta, según sus dichos,
"es una asociación civil sin fines de lucro cuyas finalidades
específicas son establecer normas técnicas, sin limitaciones y en
los ámbitos que abarquen, además de propender al conocimiento y la
aplicación de la normalización como base de la calidad, difundiendo
el uso del sello IRAM de Conformidad con normas IRAM y servicios
afines, dentro y fuera del país y la adopción de sistemas de gestión
de la calidad en las empresas, para brindar seguridad al
consumidor".
En otro orden de cosas, si
nosotros nos ganáramos la vida explotando un comercio minorista de
comida, es muy probable que para competir con los minimercados del
barrio y con los grandes supermercados, por un lado buscáramos
proveedores que, garantizando el máximo de calidad de sus productos,
nos ofrecieran el mejor precio y por el otro agregaríamos servicios
que puedan resultar atractivos al cliente: entrega a domicilio, atención
personalizada, posibilidad de crédito, etc...
¿Y si nos ganáramos la vida como
administradores de consorcios...? Podemos ofrecer un mejor precio, no
hay problema. También podemos ofrecer un mejor servicio, ¿y en qué
consiste un mejor servicio? En mi opinión es ofrecerle a los
propietarios aquello que ellos necesitan. No siempre es fácil saber
qué puede querer la población de clientes potenciales y por eso, en
general, las grandes empresas contratan consultoras que realizan
costosos estudios de mercado sobre cuyas conclusiones éstas arman sus
estrategias de ventas.
Las normas IRAM, en realidad, al
haber sido confeccionadas en forma consensuada con la mayor parte de
las cámaras y asociaciones que nuclean a los administradores de
consorcios y, en algunos casos, a los propietarios nos resuelven el
problema en forma sencilla. Ya sabemos que es lo que quiere o necesita
nuestro cliente (el propietario) y podemos, cumpliendo con dichas
normas, ofrecer, sobre ese tema, un servicio de calidad con el que
poder salir a competir. La norma IRAM 65003 trata sobre la
convocatoria a asamblea y como primer asunto especifica que debe ser
impreso en papel A4 y debe contener los siguientes datos:
1.- |
Las palabras CONVOCATORIA A
ASAMBLEA.
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2.- |
Su fecha de emisión.
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3.- |
El nombre del consorcio.
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4.- |
El Nº de la unidad convocada.
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5.- |
La fecha y hora de la
convocatoria.
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6.- |
Lugar de la convocatoria.
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7.- |
La orden del día donde los
primeros tres puntos a tratar serán siempre:
1.- |
Designación de Presidente
y Secretario de la Asamblea.
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2,- |
Elección de dos
copropietarios para firmar el acta
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3.- |
Validez de la asamblea. |
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8.- |
La fecha y la hora de la
segunda convocatoria en caso de no conseguirse "quórum"
legal.
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9.- |
Firma y sello de la
administración. |
La norma establece, también, que
acompañe a la convocatoria un formulario en blanco de autorización a
representar al propietario en la asamblea donde se especificará:
1.- |
Nº de unidad del autorizante.
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2.- |
Nombre del consorcio.
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3.- |
Nombre y documento del
autorizado.
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4.- |
El tipo de asamblea para el
que está autorizado y la fecha y hora en que fue convocada.
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5.- |
Lugar y fecha de emisión de
la autorización.
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6.- |
Firma del autorizante. |
7.- |
Certificación de la firma por el
administrador, entidad bancaria, escribano público o autoridad
policial.
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En el cuadernillo de la norma hay
un formulario tipo que agrupa y da forma a todos estos datos pero, en
mi opinión, hay mucho margen para que cada uno la diseñe según su
propio gusto estético.
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