
[BPN-15/09/25]
La Resolución 803/2024 de la Secretaría de Trabajo y Empleo de la Ciudad
de Buenos Aires extendió la obligatoriedad de la modalidad digital del
trámite de Rúbrica de Documentación Laboral a través de la
plataforma Tramitación a Distancia (TAD), para todos los
empleadores con 9 o menos empleados, a partir del 1º de abril de
2025 (periodo 03/2025), es decir que quedan incluidos todos los
consorcios.
El
trámite se debe realizar mensualmente con clave miBA, acompañando la
liquidación de haberes y el formulario F.931 del periodo que corresponda
aunque no haya sido aún abonado, ya que no se exige la presentación de
la constancia de pago.
¡¡¡CUIDADO!!!
Este trámite mensual reemplaza a los libros Ley 20744
rubricados con anterioridad, tanto sea como "libro manual" o
bajo la forma de "hojas móviles", pero no reemplaza al
Libro Sueldos Digital que se presenta a través de la web de ARCA es decir
que se incrementa el trabajo administrativo. El libro Sueldos ya existía,
pero en el caso de hojas móviles sólo había que imprimir las
liquidaciones en las hojas rubricadas y las rúbricas en general se
tercerizaban.
Originalmente
el trámite tenía un arancel, pero por suerte fue derogado. Sin embargo,
hay otra obligación que es más onerosa... cada seis (6) meses, por
primera vez en septiembre 2025, se debe presentar una legalización
contable, con la firma del profesional certificada por el Consejo
Profesional de Ciencias Económicas.
Debemos
resaltar la importancia de llevar los registros laborales debidamente
rubricados, ya que son graves los perjuicios de no hacerlo. La Ley de
Contrato de Trabajo, en su art. 55, dice que: