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Cra. Viviana Grinberg.

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Gestión Profesional

AFIP - RG 2407: Las piedras del camino por la Cra. Viviana Grinberg

Hace un año atrás, la AFIP publicó la RG 2192 a partir de la cual empleadores que ocuparan hasta cinco trabajadores registrados podían confeccionar la declaración jurada de obligaciones de seguridad social (formulario F.931) mediante la página web de la institución.

Esta iniciativa fue ampliamente difundida en la vía pública a través de un cartel que decía algo así como "si ud. es una pyme, la AFIP le saca piedras del camino".

Tras el dictado de la RG 2407, a partir de febrero 2008 si tiene un solo empleado y a partir de marzo si tiene hasta cinco, la "ayudita" es obligatoria.

El empleador deberá ingresar a la página web del organismo (www.afip.gov.ar), al servicio "Su Declaración", que previamente deberá ser habilitado utilizando clave fiscal, y prestar conformidad a una declaración jurada ya realizada por la AFIP.

La declaración jurada se generará en forma automática y conforme la información registrada en la presentación del mes anterior, más las altas o bajas de los trabajadores del mes que hayan sido informadas mediante el servicio "Mi Simplificación".

Una vez conformada deberá enviarse la declaración jurada a través del sistema por transferencia electrónica de datos y opcionalmente, el sistema lo conducirá al servicio "Presentación de DDJJ y Pagos", para generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) si es que el pago electrónico es el medio utilizado para la cancelación del saldo.

El sistema permite la modificación de los datos de los trabajadores (situación, actividad, sueldo, adicionales, SAC, horas extras entre otros) pero no se admite la modificación del CUIL ni de su apellido y nombres.

Los empleadores que registren entre seis y diez empleados podrán optar por este sistema o generar el formulario F.931 a través del aplicativo SIJP, como se venía haciendo hasta ahora. Si tienen más de diez su situación actual no se modifica.

Si usted utiliza un sistema de liquidación de sueldos que le generaba un archivo exportable al SIJP, preparaba todo y presentaba todo junto para hacer la tarea más eficiente, olvídese de ello ya que ahora tendrá que cargar manualmente los datos, empleado por empleado y consorcio por consorcio, en "su declaración".

Un consejito: concéntrese cuando esté haciendo la tarea, no es infrecuente que cuando uno no utiliza la página web de la AFIP por un rato (por ejemplo, porque alguien lo llamó por teléfono y usted amablemente lo atendió), le aparezca un cartel informándole que su sesión ha caducado. Eso significa que tiene que salir y volver a entrar.

Como vemos, AFIP ahora no saca las piedras del camino sino que las cambia de lugar.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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