'

La herramienta exacta: Este mensaje se lee 60 mil veces por mes !!!

Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Cra. Viviana Grinberg.

Cra. Viviana Grinberg.

Gestión Profesional

Certificaciones de servicios y remuneraciones (primera parte) por la Cra. Viviana Grinberg

[BPN-30/7/08] En el Boletín de Pequeñas Noticias Nº 330 (3/10/2007) se publicó un artículo en el cual se informaba que la AFIP a través de la RG 2316, había implementado un sistema según el cual la confección de la certificación de los servicios prestados, remuneraciones percibidas y aportes retenidos, se realizaría por medios informáticos utilizando información proveniente de:

a) las declaraciones juradas determinativas y nominativas de aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social, presentadas por los empleadores (F.931)
b) el sistema "Mi Simplificación".
c) las bases de datos de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

 Finalmente este sistema se implementó a partir del 25 de julio y a partir del 1º de agosto de 2008 será de aplicación obligatoria.

Para acceder al mismo, se podrá hacer desde la página web de la AFIP con clave fiscal a través de Mi Simplificación – Otros Servicios o desde la página web de la ANSES utilizando clave de seguridad social generada por ANSES, ingresando por Autopista de Servicios – Certificación de Servicios.

Para la generación y emisión de la certificación de servicios y remuneraciones, es condición previa y necesaria que:

a) La relación laboral de que se trate se encuentre registrada en Mi Simplificación, es decir que sólo se podrá utilizar el servicio si dentro del período de trabajo hay al menos un período comprendido en la vigencia del SIJP establecido por la Ley 24.241, es decir julio 1994 y siguientes.
b) Estén presentadas la declaraciones juradas correspondientes a los períodos no prescriptos posteriores a junio de 1994 comprendidos en la certificación a generar y se rectifiquen las declaraciones juradas indicadas cuando los datos a certificar no guarden relación con los declarados.

Para el caso de que la certificación comprenda períodos anteriores a junio de 1994 inclusive, el sistema podrá requerir:

a) El número de cuenta o de inscripción del empleador otorgado por la Ex DNRP
b) El número de afiliación del trabajador ante la ex Caja de Previsión Social y
c) Los distintos números de documentos que posea el trabajador (DNI, CI, LE, LE y/o pasaporte)

En una próxima entrega, veremos los aspectos prácticos de este nuevo sistema pero por lo pronto, y tal como lo expresé en la nota anterior, al fin algo se simplifica!Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

La noticias minuto a minuto: Pequeñas Noticias en Twitter

Compartir:



    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '