Legislador
porteño Rafael Gentili por SUMAR I+D. |
Proyecto
de ley porteño
Ley
de solidaridad urbana
[BPN-07/08/13]
El legislador porteño Rafael Gentili (SUMAR I+D) presentó
un proyecto de ley que obliga al desarrollador de conjunto de viviendas a
cederle al Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC) el 2.5%
de los metros cuadrados de la construcción -o su equivalente en otras
tierras o dinero- para que dicho organismo edifique nuevas viviendas.
Según
el autor de la iniciativa, su objetivo principal es generar recursos
físicos o económicos para garantizar una mayor equidad socio-territorial
y combatir la tendencia creciente en el mercado inmobiliario de promover
la segregación socioeconómica.
Es
de subrayar que estarán comprendidas dentro de estas nuevas obligaciones
aquellos que emprendan proyectos de viviendas que correspondan a la
primera o la segunda categorías o sea las que son de mayor dimensión,
calidad y que cuentan con más servicios.
El
proyecto de ley Nº 1.111/13 fue presentado en la Legislatura el pasado 9
de mayo. Antes de ingresar al recinto para su aprobación deberá obtener
dictamen positivo de la Comisión de Vivienda que actualmente preside Lidia
Saya (PRO).
Los
fundamentos
Gentili
explicó que "se sabe que sin intervención sobre el mercado de
suelo, la dinámica inmobiliaria tiende a un proceso de valorización de
todo el suelo de la ciudad [...] haciendo cada vez más difícil el acceso
a la vivienda, aún para aquellas personas que están insertas en el
mercado de trabajo de manera formal y que logran acceder a un
crédito".
Posteriormente,
el legislador consideró que "es necesario contar con una reserva de
tierras e inmuebles que sea extraída de esa dinámica de valorización
por parte del mercado. De lo contrario, no hay créditos ni subsidios que
puedan ir a la par de esa valorización. Es menester que el Instituto de
Vivienda de la Ciudad cuente y amplíe cada vez más su banco de tierras e
inmuebles, recurso escaso que de lo contrario quedará en manos del
mercado y junto con ello se encarecerá cada vez más su acceso".
Sólo
alta gama
Las
únicas viviendas a construir que deberían compensar al Gobierno porteño
-de aprobarse el proyecto de ley en la Legislatura- son aquellas que sean
consideradas como de primera o segunda categoría.
Las
viviendas de primera categoría son las que están complementadas con
detalles suntuosos y ambientes de recepción mayores a 60 m2,
una habitación con baño de servicio, pileta de natación, espejos de
agua, más de un espacio de esparcimiento o servicio complementario como
ser quincho, sauna, SUM (Salón de Usos Múltiples), gimnasio, etc.
Por
otra parte, las viviendas de segunda categoría son los que poseen
ascensor en las unifamiliares o ascensor con acceso privado a un solo
departamento por piso o ascensor de servicio, una habitación con baño de
servicio, living-room o living-comedor mayores a los 42 m2,
sólo un espacio de esparcimiento como puede ser el SUM, gimnasio,
quincho, jacuzzi, sauna, etc.
Régimen
de compensación
Según
surge del proyecto de ley, las compensaciones serán transferidas al Banco
de Tierras e Inmuebles que pertenece al IVC para ser utilizados en
políticas de vivienda como alquiler social, comodatos o construcción de
viviendas sociales. Por otra parte, el proyecto aclara que si la
compensación es en dinero se destinará a engrosar los recursos del IVC.
La
compensación que se realice puede ejecutarse de tres maneras: la primera
corresponde a ceder el 2.5% de los metros cuadrados construidos para
realizar nuevas viviendas, que pueden ubicarse en dicho proyecto o en uno
alternativo de similares características. La segunda consiste en ceder
esa misma porción pero en nuevas tierras. Mientras que la tercera forma
de compensación es entregar su valor equivalente en dinero, pero sólo en
el caso que resulte inviable efectuar la compensación de alguna de las
dos primeras formas
|