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Anibal Ibarra (Frente Progresista Popular).

Anibal Ibarra (Frente Progresista Popular).

Legislatura porteña

Aníbal Ibarra presentó un proyecto de ley para los inquilinos

[BPN-28/11/12] El pasado 6 de noviembre, el legislador Aníbal Ibarra, presidente del Bloque Frente Progresista Popular de la Legislatura porteña, presentó un proyecto de ley para regular los contratos de alquiler destinados a vivienda. La iniciativa propone, entre otras cosas, "triplicar" los impuestos de las propiedades que estén desocupados durante más de un año, crear un registro de inmuebles y de contratos y establecer un fondo para financiar garantías y subsidios para el que alquila por primera vez.

La iniciativa de Aníbal Ibarra cuenta con el apoyo de sus compañeras de bloque María Elena Naddeo y Susana Rinaldi.

La propuesta en detalle

La iniciativa de Ibarra contempla las siguientes medidas:

- Se fijará el valor de los alquileres en no más de 0,7% del Valor Inmobiliario de Referencia (VIR), un coeficiente que utiliza la administración porteña para calcular la tasa de ABL

- Las partes podrán ajustar anualmente el precio del alquiler en base a la variación del precio del inmueble fijado por la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP). Se prohíbe todo reajuste o ajuste durante toda la vigencia del contrato.

- Los inquilinos pagarán las expensas ordinarias mientras que los propietarios las extraordinarias.

- Se triplicará la carga impositiva sobre viviendas ociosas o sea aquellas que hayan estado desocupados durante más de un año, con el fin de promover la oferta y con el dinero obtenido el legislador sugiere crear un fondo que será destinado a otorgar garantías como respaldo a las obligaciones de los inquilinos

- Se podrá subsidiar hasta el 50% del primer año de contrato de aquellas familias que nunca hayan alquilado un inmueble para vivienda.

- Los contratos de alquiler con destino a vivienda se realizarán con un plazo mínimo de tres años.

- El alquiler se pagará en períodos mensuales y la fecha de vencimiento para efectuar el pago correspondiente no podrá ser antes de los 10 días de cada mes. En caso de que la fecha de finalización del contrato no coincida con la fecha de pago mensual, se pagará la proporción que corresponda.

- Los alquileres se deberán pagar en moneda local y a través de un depósito bancario que el propietario le indicará al inquilino. Quedarán nulas las cláusulas que pacten valores en otras monedas

- Las comisiones de las inmobiliarias no podrán superar el monto de un mes de alquiler, a ser compartidas en partes iguales por propietarios e inquilinos.

- Se creará en el ámbito de la Defensoría del Pueblo un área para la protección y defensa de los intereses y derechos de los locatarios de inmuebles con destino a vivienda.

Sus fundamentos

Según expresó Ibarra en los considerandos de su proyecto el derecho a una vivienda digna está consagrado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Constitución Nacional y la Constitución de la ciudad. Sin embargo si se comparan sus enunciados "con la realidad inmediata de nuestra ciudad resulta evidente que este derecho se encuentra a todas vistas vulnerado, por lo tanto es una obligación de los poderes de la ciudad subsanar tales injusticias y actuar positivamente en la dirección que fija la Constitución".

Agregó también que "en tal sentido la acción del Estado debiera dirigirse a cumplir con los imperativos que le fija el plexo constitucional, por lo cual establecer un marco regulatorio que facilite el acceso a la vivienda digna y a un hábitat de calidad es uno de los tópicos a los ue debe abocarse la acción del legislador".

Por último señaló que "la vivienda constituye actualmente más una mercancía que un bien social, se configura más como una reserva de valor sometida a la especulación económico-financiera que como un bien a través del cual se da cumplimiento a un derecho"Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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