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El alquiler mensual no podrá exeder los 4.005 pesos.

El alquiler mensual no podrá exeder los 4.005 pesos.

Provincia de Buenos Aires

El Banco Provincia podrá ser garante de los inquilinos

[BPN-26/12/12] Un proyecto de ley que permitirá al Banco Provincia de Buenos Aires ser garante de aquellos que necesiten alquilar viviendas familiares en la provincia bonaerense ya tiene media sanción. Obtuvo la aprobación del Senado el pasado 13 de diciembre y de obtener la sanción definitiva podría beneficiar a todos aquellos cuyo mayor problema es la garantía solicitada para acceder a un alquiler.

La garantía que ofrece el banco es para aquellos inmuebles destinados a vivienda única y de ocupación permanente, el contrato no deberá superar los 24 meses y la institución bancaria asegurará al dueño del inmueble (el locador) el cumplimiento de todas las obligaciones del quien alquila (el locatario) incluyendo indemnizaciones por ocupaciones indebidas o daños causados en la propiedad.

Condiciones

Para acceder a esta garantía el inmueble deberá estar ubicado en la provincia de Buenos Aires y el costo será determinado por el banco pero no podrá exceder el 2% del valor total del contrato de locación.

El artículo 5º del proyecto, con respecto al monto del alquiler pactado, subraya que "no podrá ser superior al 35% de los ingresos acreditados por el solicitante y su grupo familiar conviviente, en la forma que el Banco determine. No serán objeto de la presente ley aquellos contratos de locación cuyos importes de alquiler mensual sean superiores al valor de un salario mínimo vital y móvil incrementado en un cincuenta por ciento".

Según el techo que plantea este artículo, quedan exentos de este beneficio los alquileres mensuales superiores a $4.005 que surge de multiplicar el Salario Mínimo Vital y Movil actual ($2.670) por 1,5 (2.670x1,5=4.005).

A modo de ejemplo

Si bien este artículo no aclara si el 35% deberá calcularse sobre el bruto o el neto del grupo familiar, es interesante pensar un ejercicio relacionado con el sector de la propiedad horizontal. Un Encargado permanente sin vivienda tiene un básico de $4380 al que se le puede agregar $159,60 (por el retiro de residuos de 20 unidades) y $ 613,2 (por 7 años de antigüedad), lo que hace un bruto de $5152,80. Teniendo en cuenta solo ese bruto, el alquiler pactado no podría superar los $1803 (el 35%) sin contar el posible ingreso de su pareja. Si el 35% se tuviera que calcular sobre el importe neto, el 35% sería aproximadamente $1424 que surge de restar aproximadamente un 21% de aportes al sueldo bruto y a ese resultado se le calcula el 35% que estipula el proyecto de ley.

Para tener en cuenta

El proyecto de ley fue propuesto por el senador Mariano Grau, (Generación para un Encuentro Nacional) y es necesario destacar algunas cuestiones a tener en cuenta a la hora de pensar en la garantía que ofrecería el Banco de la Provincia de Buenos Aires:

- El artículo 15º aclara que estos contratos estarán exentos del pago del impuesto a los sellos,

- Cuando en la operación intervengan profesionales habilitados (por ejemplo inmobiliarias) con costos por la intermediación a cargo del locatario en concepto de comisiones, el Banco de la Provincia de Buenos Aires podrá otorgarle un préstamo para la cancelación total o parcial de los mismos por un monto máximo que no podrá exceder el 4% del valor total

- El Banco informará al solicitante de la garantía dentro de los 5 días hábiles de recibir la solicitud y la documentación que se requiera, si ha calificado para obtener la garantía o si ha sido rechazado.

- En el artículo 10º aclara que si el solicitante de la garantía no fue precalificado podrá volver a solicitar el trámite de calificación una vez pasados los seis meses de la fecha de recepción del informe.

- El Banco de la Provincia de Buenos Aires será quien elabore el modelo del contrato de locación, conforme a las condiciones del mercado, sus usos y costumbres, en el cual se incluirá como único garante y especificará las condiciones de la Garantía Bancaria en un anexo que será parte integrante del contrato de locaciónEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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