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En esta oportunidad la Justicia dió la espalda a CUCICBA.

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Alquileres

Un juez prohibió cobrar más de un mes de comisión

[BPN-21/09/16] El pasado 30 de agosto, el juez Marcelo Segón, titular del Juzgado N° 17 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, prohibió a los corredores inmobiliarios cobrar más de un mes de comisión (4,15% del total del contrato). Tampoco pueden "pretender el cobro de comisiones que excedan el tope citado, bajo el rubro de ‘gastos’ u otros conceptos similares en relación con los contratos de locación de inmuebles con destino a vivienda única" <texto original>.

El juez Segón declaró la nulidad del punto a, del inciso 3), del Art. 1° de la Resolución 350, que estipulaba una escala arancelaria para los corredores inmobiliarios respecto a los alquileres en locaciones urbanas "destinados a vivienda, entre uno y dos meses de alquiler".

Además dispuso que CUCICBA [1] debe -en un plazo de 30 días- implementar y confeccionar diferentes planes para garantizar "el control efectivo sobre el cobro de aranceles", "la difusión pública del monto máximo a cobrarse a los inquilinos" y que "controle" a sus matriculados para que "cesen los incumplimientos de la Ley 3.588".

El acción había sido presentada por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y Gervasio Muñoz -representante de Inquilinos Agrupados- contra el CUCICBA. Los amparistas habían alegado que la Resolución 350 <texto original> "pretendía aplicar el principio de libertad contractual para todas las comisiones" incumpliendo con la Ley 2.340 de la CABA que establece que "los corredores inmobiliarios no podrán cobrar a los inquilinos comisiones superiores al 4,15% del total del contrato de alquiler para el caso de vivienda única" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires.

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