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Proyecto de ley porteño Buscan ampliar el sistema de garantías bancarias para inquilinos [BPN-24/11/16] El 6 de octubre, Carlos Edgardo Sozzani y la Dra. Carolina Herrera (Inquilinos por Nuestros Derechos) presentaron un proyecto de ley ciudadano para ampliar el sistema de garantías bancarias que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires les otorga a los inquilinos. Entre las principales modificaciones proponen que el plazo de la garantía sea el mismo que el del contrato de locación y que se exima de pagar la comisión de la garantía quienes perciban una suma mensual menor a dos salarios mínimo vital y móvil o los que reciban algún tipo de subsidio local o nacional. En la inciativa -como curiosidad- sus artículos no se identifican con un número como es habitual sino con viñetas <texto original>. En detalle El proyecto modifica e incorpora artículos a la Ley 3.720 que creó el Sistema de Garantía Bancaria para los contratos de locaciones de viviendas en la Ciudad de Buenos Aires <texto original>. Respecto al plazo de contrato, establece que la Garantía Bancaria tendrá un plazo equivalente al contrato de locación respectivo, no únicamente por 24 meses como lo estipula la legislación vigente (Art. 7°). Sobre el alcance de este sistema, se propone incorporar el artículo 4° bis para se garantice "todas y cada una de las obligaciones asumidas por el locatario en el contrato de locación. No se admite ninguna sustracción de obligaciones, limitación temporal, monetaria ni de otra índole, por parte del Banco Ciudad". De aprobarse, el inquilino podrá abonar la comisión de la garantía al contado, financiado en seis cuotas iguales sin interés o 50% al contado y el restante en 12 cuotas sin interés. Actualmente, las opciones que incluyen el pago en cuotas iguales es con tasa de interés preferencial fijada por el Banco de la Ciudad (Art. 9°). En el caso que el locatario solicite una prórroga o renovación, la iniciativa puntualiza que el costo de la comisión tendrá un descuento mayor al 50% de la pautada para el primer contrato locativo. Si bien el artículo 12º de la Ley 3.720 indica que la comisión de la garantía bancaria tiene que ser menor que la pautada en el primer contrato, no especifica el monto del descuento. A través de la incorporación del artículo 13° bis, los autores estipulan que "están exentas del pago de la comisión de la Garantía Bancaria aquellas personas que perciban una suma mensual menor a dos salarios mínimo vital y móvil, o aquellas que reciban cualquier tipo de subsidio o plan social de la Ciudad o de la Nación". El artículo 16° de la Ley 3.720 establece los requisitos con los que tiene que cumplir el propietario, la modificación que se propone, en este caso, es mínima. Donde dice: "deberá ser mayor de 18 años, presentar DNI y acreditar la titularidad de la propiedad y/o el poder ante escribano que lo faculta para celebrar el contrato de locación", el proyecto estipula que además el propietario debe acreditar la tenencia legítima del inmueble aunque no especifica cómo debe hacerlo. La modificación al Art. 18° indica que aquella persona que no haya precalificado "podrá volver a solicitar el trámite de calificación una vez que consiga reunir las condiciones previstas". De esta manera se elimina el plazo de espera que rige actualmente, que es de 12 meses a partir de la fecha de recepción del informe. El último artículo que modifica esta iniciativa amplía los beneficios para personas extranjeras, estableciendo que sean los mismos que se estipulan en los artículos 7°,11° y 12°. Actualmente, el contrato de locación y de la garantía para los inquilinos extranjeros tiene un plazo menor a 24 meses (Art. 24°). Fundamentos Los autores explican que "entre 1991 y 2001 el porcentaje de hogares inquilinos en la Ciudad de Buenos Aires se mantuvo entre un 21% y un 22%. Sin embargo, en los últimos 15 años trepó de manera vertiginosa alcanzando un 35,2% según la Encuesta Anual de Hogares de 2015. Esto representa casi un millón de personas". Los inquilinos de la Ciudad de Buenos Aires enfrentan una "grave situación" por el aumento de los alquileres y la exigencia de una garantía inmueble. "Quienes alquilan en el llamado ‘mercado informal’ (aproximadamente un 20% de los inquilinos) pagan precios similares a los que rigen en el mercado formal y acceden a viviendas en peores condiciones de habitabilidad", exponen. En los fundamentos, concluyen: "ante esta grave situación que enfrentan los casi un millón de inquilinos de esta Ciudad y que pone en riesgo sus posibilidades de acceso y sostenimiento de una vivienda digna, proponemos la modificación de la Ley de Garantías Bancarias, con la finalidad de ampliar la accesibilidad a la misma y de garantizar todas las obligaciones del inquilino" |
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