ANEXO II
RESOLUCION GENERAL N° 1159
DETERMINACION
DE LAS CUOTAS |
||||||||||||||
I.- |
CALCULO DE LA PRIMERA CUOTA (P), QUE NO PODRA
RESULTAR INFERIOR A CIEN PESOS ($ 100) O CINCUENTA PESOS ($ 50), SEGUN
CORRESPONDA.
donde:
|
|||||||||||||
II.- |
CALCULO
DE LA SEGUNDA CUOTA Y SIGUIENTES (C) IGUALES, MENSUALES Y CONSECUTIVAS, NO
INFERIORES A CIEN PESOS
donde:
|
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '