Decreto Nº 578 |
ANEXO
IV A
fin de cumplir con lo indicado en el Artículo 7º del presente Decreto
Reglamentario, los conservadores deberán presentar anualmente y con carácter
de declaración jurada en formato de disco flexible de 3 ½Ö una base de
datos conteniendo los siguientes ítems: El "Conservador" deberá concurrir a la Sección Control de Conservadores, con un disco flexible de 3 ½ Ö en perfecto estado y vacío de contenido. En dicha Sección se le entregará uno igual con los datos que deberá llenar el "Conservador" y éste, lo presentará diez (10) días después de retirarlo, en la misma dependencia. |
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