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Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Un consorcista con voz

Continuando con la serie que se ocupa de medios cuya temática es la comunidad consorcial Pequeñas Noticias visitó al abogado penalista Dr. Juan Iglesias, conductor del programa de radio "La voz del consorcista" que momentáneamente se encuentra en receso y que se trasmitía por "La nueva radio" (AM 650) todos los jueves de 12 a 13 hs.

Ariel: La idea es que nos cuente un poquito cuándo surgió el programa?

Dr. Juan Iglesias: El programa de radio (La Voz del Consorcista) hace aproximadamente más de un año y medio que lo venimos haciendo, la idea es tener un lugar que sirva a los consorcistas de la propiedad horizontal para poder consultar las cuestiones de los consorcios, que en cuestiones cotidianas hacen un poco a la calidad de vida y a los derechos de cada uno.

Ariel: ¿Cuáles son las inquietudes y consultas por las que la gente llama al programa?

Dr. Juan Iglesias: Básicamente es que no le respetan los derechos a los consorcistas y partiendo de esa base tratamos de que la gente tenga un poco una plataforma a partir de la cual poder reclamar. A veces nos encontramos en casos puntuales de gente que porque es mayor y vive sola en los edificios, los administradores (no todos, no los generalizo para nada, pero me refiero en algunos casos puntuales), inclusive los consejo de administración del propio edificio es como que los tratan de dejar para otra oportunidad y le complican los derechos. Tratamos de apoyar a ese tipo de gente, a todos los consorcistas. Pero esa gente particularmente es la que hace mayor cantidad de reclamos.

Ariel: ¿En general la gente dónde puede recurrir cuando tiene un problema de un caso puntual de este tipo con el Administrador?

Dr. Juan Iglesias: Sí, hay varios lugares donde puede recurrir. Por ejemplo: nosotros, inclusive por esto de la cuestión económica que también es fundamental, a veces decimos que pueden concurrir al Centro de Gestión y Participación, entonces ahí van y digamos piden una mediación que no es obligatoria y por lo menos (sirve) para tener un antecedente.

Ariel: Le quería hacer una consulta, usted conoce la ley 941, ¿qué opinión tiene?

Dr. Juan Iglesias: Particularmente, para mí es superflua, por lo siguiente: yo entiendo que hay suficiente legislación en Código Civil. Hay un contrato muy bien regulado en el Código Civil que es de 1869 y el siguiente que es el contrato del mandato que regula la gestión del administrador. Hay un Código Penal que es legislación de fondo. Hay inclusive mucha jurisprudencia de propiedad horizontal que regula. No creo que vaya a contribuir a solucionar los problemas. Es más, si por ejemplo yo pongo el caso concreto de un administrador que administra el edificio y el consorcio quiere que lo siga administrando y este administrador no está inscripto en nuestro registro, si ambas partes están de acuerdo en que esta persona sigan administrando, no va a venir un tercero ajeno a decir que no puede administrar porque no está inscripto en un registro Municipal. Insisto, desde mi punto de vista, no es una mala legislación pero yo la considero superflua.

Claudio: Por ejemplo si yo en este momento estoy administrando y viene la Ciudad de Buenos Aires y me dice que yo tengo que estar en un registro para poder administrar. ¿Si yo no estoy dentro de ese registro, hay alguna penalidad?

Dr. Juan Iglesias: Si, correcto.

Claudio: Y voy a tener que cumplir con esas penalidades.

Dr. Juan Iglesias: Yo personalmente no se, hasta inclusive, hemos hablado con algún colega de algún tema de inconstitucionalidad porque se conjuga el derecho de trabajar libremente o sea que puede haber algún tipo de cuestionamiento a esta legislación, Pero insisto no sé hasta qué punto puede llegar a ser útil esta ley. Yo no estoy en contra para nada. Va a dar una serie de intervenciones Estatales que va a entorpecer la labor de las partes. Por ejemplo un consorcio teniendo un consejo de administración que mensualmente controle los gastos en forma permanente, que sean las asambleas en forma periódica como marca el reglamento yo creo que es suficiente; por qué vamos a traer al Estado que se venga a meter en las relaciones interpersonales entre administrador y consorcio.

Ariel: El tema del administrador, en los últimos años está relacionado con una mala imagen, inclusive hay reclamos dentro de la mismas cámaras con respecto a la jerarquización de la profesión del administrador. ¿Usted cómo visualiza esto?

Dr. Juan Iglesias: Sí, sí está bien. Yo creo que el tema de jerarquizar un poco la profesión (o la actividad más que profesión), sería interesante. El tema es quién lo hace porque acá yo insisto hay muchos intereses en juego entonces todos quieren adjudicarse la facultad de ser un ente colegiado porque precisamente quieren manejar ese tema que va con muchísimo dinero en juego. Pero así en términos generales fuera de estas inquisiciones creo que sí sería interesante a lo mejor hacer algún tipo de colegiatura.

Claudio: En estos últimos años los administradores se han quejado de una campaña periodística en su contra y han señalado a Clarín, Página 12, en algunos casos La Nación, de tenerlos en la mira. Los consorcistas en esas notas se han quejado de dos o tres temas puntuales: Uno es que el administrador no paga las cargas sociales y los resultados de eso son las graves sanciones que aplica el Fisco y eso genera un daño profundo. La segunda sería que el administrador se queda con los fondos de reserva y el otro es el famoso diezmo en el tema de las reparaciones que nunca salen lo que tendrían que salir y eso genera mucha sospecha. ¿Cuál es la solución? ¿Cómo se resuelve este problema?

Dr. Juan Iglesias: Con una sola palabra, participación. En la medida en que haya precisamente un consejo de administración. Con respecto a la primera parte de la pregunta yo creo que hay como en todos lados administradores malos, buenos, regulares, yo particularmente conozco Administradores pero excelentes, que hace muchísimos años que están en el medio nunca han tenido ningún problema y también están los otros o sea que generalizar creo no corresponde y está fuera de lugar.

Yo conozco consorcios que por ejemplo el consejo de administración no le autorizan el envío de expensas al cobro, hasta tanto no esté el visto bueno del consejo de administración o sea se reúnen un par de días antes de fin de mes visan todos los gastos, que esté todo bien y una vez que lo aprueba el consejo lo mandan al cobro y ya con eso hay una manera bastante interesante de poder controlarlo. Después está el tema del diezmo, el 10% es exactamente lo mismo o sea cambiar el trabajo de mediana envergadura con la autorización de algún integrante del consejo. La gente piensa que solamente los integrantes del consejo son los únicos obligados a cuidar el patrimonio. No, todos están obligados a cuidar el patrimonio. Hasta que la gente no se mentalice de eso no va a cambiar nada.

Ariel: ¿Le quería preguntar sobre el Centro de Defensa del Consorcista, cuéntenos un poquito cómo esta funcionando?

Dr. Juan Iglesias: Somos un grupo de abogados que atendemos todas las cuestiones relativas a la propiedad horizontal, cuestiones que se plantearían en consorcios, gente que como hemos dicho al principio no se le respetan los derechos como corresponde y tratamos en la misma medida de  ayudarles. Por supuesto, no es que nosotros trabajamos gratis, no es una sociedad de beneficencia, pero somos concientes que tratamos con una situación social, somos concientes que cumplimos una función social dentro de los parámetros razonables.

Claudio: ¿Quiénes más participan?

Dr. Juan Iglesias: Hay otro abogado que es el Dr. Pedro García, está la Dra. Artiz, y también tenemos gente que sin ser letrada colabora con nosotros. En este momento estamos por abrir una oficina en Av. de Mayo al 1200 que estimo sea antes de fines de Julio.

Ariel: ¿Quería preguntar si esto tenía que ver sólo con asesoramiento?

Dr. Juan Iglesias: Sí asesoramiento y también con toda la parte jurídica. Por ejemplo inicio de acciones legales, seguimiento de los expedientes judiciales... desde el asesoramiento hasta lentamente lograr una sentencia o cumplimiento de una sentencia. O sea todo el aspecto jurídico íntegro.

Claudio: Ustedes lo hicieron a raíz de la demanda de la gente...

Dr. Juan Iglesias: Sí, es que muchas veces la gente está como desencantada porque hay lugares donde se siente que se despersonaliza la atención y necesita un trato personal y directo. Cuando hay Entes muy grandes muy importantes, se despersonaliza; inclusive hay tantas organizaciones que tienen tantos abogados donde un tramo lo lleva un abogado y otro tramo lo lleva un letrado. Posiblemente sean excelentes abogados pero es que como que se va rompiendo la continuidad en cuanto al aspecto personal. Yo creo que en ese aspecto también ese tipo de instituciones tendrían que corregirlo, desde mi punto de vista, porque la gente se siente un poco desencantada por ese tipo de situaciones.

Ariel: Con respecto a la participación del propietario, ¿Usted cree que el propietario conoce realmente del tema de propiedad horizontal?

Dr. Juan Iglesias: Ultimamente yo noto que hay un gran interés en los propietarios en tratar de adquirir los conocimientos. Yo particularmente inclusive he dado charlas o algunas clases de propiedad horizontal a propietarios, al consejo de administración y hemos obtenido respuestas favorables y la gente trata de saber cuáles son sus derechos, inclusive hasta no hace mucho buena parte de los propietarios no había leído su reglamento de propiedad horizontal. Esto da la pauta del desconocimiento.

Claudio: ¿Usted piensa que el conflicto entre el administrador y el propietario podría generar la autogestión?

Dr. Juan Iglesias: Yo creo que mediante una capacitación, un curso, y conociendo los aspectos legales que es fundamental y los aspectos contables yo creo que la gente podría autogestionarse, es muy válido. Yo inclusive conozco consorcios que en este momento se están autogestionarse con bastante éxito.

Primero que la persona va a tener un contacto diario y cotidiano con todos los problemas, cosa que le sucede al administrador. Yo conozco administradores que van una vez por semana, que me parece una forma razonable y otros administradores que van una vez por mes. Van a cobrar las expensas que recaudó el encargado y después hasta el mes siguiente no vuelven.

Entonces la ventaja que tiene ser auto-administrador es precisamente estar cotidianamente en el consorcio, tener contacto permanentemente con los vecinos y eso permite una mejor gestión.

Ariel: Hay, en el tema de la administración, algunas teorías, que tienen que ver con esto que le voy a preguntar: algunas cámaras, algunas organizaciones de administradores plantean que el administrador tiene que estar muy capacitado inclusive dicen que tienen que tener una carrera terciaria porque deberían saber de todo un poco. Pero a la vez hay otra organización que defiende los derechos del consorcista, que dice que para tal fin no hace falta saber mucho, cuando hay problema legal, se llama a los abogados, cuando hay un problema contable, se llama a un contador... ¿Usted tiene alguna reflexión sobre estas ideas?

Dr. Juan Iglesias: En el tema de la capacitación hay muchos intereses en juego entonces yo creo que hay que buscar, como en todos los aspectos de la vida, un poco de equilibrio. En realidad no es una actividad que la pueda hacer cualquiera, se necesita de un cierto grado de capacitación pero sin llegar a la sofisticación que tiene un micro-cirujano. Hay que buscar un punto de equilibrio. Yo no creo que haga falta una gran capacitación para poder administrar y en ese aspecto concuerdo un poco con ADEPROH. Por más que un administrador vaya a una universidad de administradores un problema legal no lo va a resolver él. Se lo va a tener que resolver su abogado. Siempre va a tener que necesitar de otros profesionales como así también si es una cuestión contable.Envíe desde aqui su comentario sobre esta nota

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