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Medios Todo lo que hay en Internet tiene dueño [BPN-03/11/10] El avance de las comunicaciones y el nuevo periodismo digital hace que muchas veces no se tenga en consideración, ya sea por desconocimiento o adrede, que los contenidos publicados en los diferentes sitios Web están protegidos por las leyes de propiedad intelectual y de derecho de autor. El uso del material no es libre y para su utilización debe solicitarse autorización al autor de los mismos. Pequeñas Noticias dialogó con el Dr. Jorge Resqui Pizarro, especialista en propiedad intelectual, acerca del tema. El abogado aseguró que la Ley de Propiedad Intelectual tal y como la conocemos se aplica de la misma manera tanto en el mundo impreso como en el mundo digital. Por ello "los contenidos publicados en Internet no son libres y siempre debe pedirse autorización al autor para su utilización", explicó. De acuerdo a lo manifestado por el letrado, el derecho de autor se basa en dos derechos: el moral y el patrimonial. El derecho moral se refiere a la "paternidad" de la obra, es decir, que cada autor debe ser reconocido como tal. En tanto, el derecho económico o patrimonial se refiere al aprovechamiento económico de la obra por parte del autor. Argentina adhiere a los tratados de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) creada hace 40 años. Esta entidad no contempla excepción alguna frente al derecho de autor a la vez que obliga a citar las fuentes y pedir autorización para el uso de los materiales. Según Resqui Pizarro, el contenido de los sitios registrados en Network Information Center Argentina (NIC Argentina) "está protegido por leyes de propiedad intelectual sin necesidad de hacer nada en especial e igual que cualquier impreso que registra un autor". Debido a que los contenidos se encuentran protegidos quien quiera hacer uso de los mismos debe, además de pedir autorización, publicar la fuente de la información, es decir, de dónde proviene. El Dr. Resqui Pizarro destacó que si bien existe el derecho de cita, que permite citar en una obra nueva hasta mil palabras sin autorización, siempre debe nombrarse el autor del contenido, dónde está publicado, por quién y el nombre de quién editó ese material. El letrado enfatizó que ante la publicación de contenidos sin autorización, el autor puede accionar civil y penalmente. En fuero penal de acuerdo a lo establecido en los artículos 71 y 72 de la Ley de Propiedad Intelectual N° 11.723. El artículo 71 establece que "será reprimido con la pena establecida por el Art. 172 del Código Penal, el que de cualquier manera y en cualquier forma defraude los derechos de propiedad intelectual que reconoce esta ley". En tanto, el artículo 72 dispone que "[…] se consideran casos especiales de defraudación y sufrirán la pena que el artículo 71 establece, además del secuestro de la edición ilícita: a) El que edite, venda o reproduzca por cualquier medio o instrumento, una obra inédita o publicada sin autorización de su autor o derechohabientes; b) El que falsifique obras intelectuales, entendiéndose como tal la edición de una obra ya editada, ostentando falsamente el nombre del editor autorizado al efecto; c) El que edite, venda o reproduzca una obra suprimiendo o cambiando el nombre del autor, el título de la misma o alterando dolosamente su texto; d) El que edite o reproduzca mayor número de los ejemplares debidamente autorizados". Asimismo, se puede accionar civilmente para lograr una reparación económica por parte de quién publicó el material sin permiso. |
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