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Sueldos Mayo de 2021 [BPN-21/05/21] Los recibos del mes de mayo tendrán los mismos valores que en abril ya que esta escala estará vigente hasta el mes de junio inclusive. La Resolución 178/2021, homologada el pasado 9 marzo por el Ministerio de Trabajo, fue la que oficializó los últimos aumentos para el sector. Prevé un 10% de aumento para julio, otro 10% para octubre y un 5% para febrero de 2022 siempre en base a la escala de febrero de 2021. El 24 de mayo es feriado Después de idas y venidas al compás de la pandemia, finalmente el próximo lunes 24 será feriado nacional y con él junio tendrá 3 feriados: el sábado 1° de mayo, el lunes 24 y el martes 25 de mayo. Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) La Resolución 4/2021 publicada en el Boletín Oficial el 5 de mayo pasado, estipuló los nuevos valores para el SMVM que varía casi todos los meses desde el pasado mes de abril y hasta el próximo febrero de 2022:
En los recibos de haberes del sector de la propiedad horizontal, el valor del SMVM se tiene en cuenta a la hora de realizar los embargos ya que esos valores están protegidos y son inembargables. En la nota llamada "El SMVM aumentó un 35% en 7 tramos" publicada en el boletín de Pequeñas Noticias del 22 de mayo pasado, agrega: "Es de recordar que el SMVM es importante para la propiedad horizontal porque se utiliza para determinar los montos inembargables de los sueldos. Este tema fue establecido por el Decreto 484/87 del 26 de marzo de 1987 que reglamentó los artículos 120º, 147º y 147º de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744. Las remuneraciones devengadas por los trabajadores en cada período mensual, así como cada cuota del sueldo anual complementario son inembargables hasta una suma equivalente al importe mensual del Salario Mínimo Vital fijado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes del Régimen de Contrato de Trabajo (LCT-TO por Decreto Nº 390/76). Las remuneraciones superiores a ese importe serán embargables en la siguiente proporción: 1.- Remuneraciones no superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual, hasta el diez por ciento (10%) del importe que excediere de este último. 2.- Retribuciones superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual, hasta el veinte por ciento (20%). Revisar y controlar
Para tener en cuenta a la hora de liquidar
Y ahora, a cargo del empleador
--- [1] Ignacio Online alertó que el valor del 1° de junio 2021 es de $25.572 cuando debería ser de $25.272 (por el 17% acumulado). |
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