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Registro Público de Administradores porteño

La publicación de multas a administradores cayó a casi la mitad

Fotoilustración Pequeñas Noticias

[BPN-15/01/22] Durante el 2021 la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) porteña publicó en el Boletín Oficial 177 disposiciones sancionatorias contra 187 administradores de consorcios. Este número representa una caída de casi el 47% con respecto al año anterior en el que se habían publicado 331 disposiciones contra 355 mandatarios.

Año

Disposiciones

Sancionados

2014

17

17

2015

25

27

2016

39

39

2017

27

30

2018

62

64

2019

260

277

2020

331

355

2021

177

187

 

938

996

Como se puede observar el año más productivo de esa repartición fue el 2020, justo el año que más sufrió los efectos de la pandemia.

Sancionados

Año

Cantidad

2018

4

2019

2

2020

75

2021

106

 

187

Durante el año pasado se oficializaron las sanciones a cuatro administradores que fueron ordenadas en 2018, dos en 2019, 75 en 2020 y 106 en 2021.

Lo que llamó la atención de Pequeñas Noticias es que durante el 2021 desde el momento en que se ordenó una sanción hasta su publicación en el Boletín Oficial en algunos casos transcurrieron sólo 13 días mientras que en otros más de dos años y nueve meses. En promedio ese año se demoraron en oficializar las sanciones casi 6 meses.

 

No publicadas

Año

Disposiciones

Boletín Oficial

Cantidad

Porcentaje

2018

479

270

209

43,63%

2019

515

191

324

62,91%

2020

434

101

333

76,73%

2021

sin datos

106

sin datos

 

1.428

562

866

60,64

En la tabla precedente se puede observar que inexplicablemente del año 2018 todavía no se publicaron 209 disposiciones sancionatorias que impuso el Registro Público de Administradores (RPA), del 2019 falta publicar el 63% de lo ordenado y del año pasado el 77%.

En total -de estos tres años que van del 2018 al 2020- la comunidad consorcial no sabe quiénes son los 866 administradores sancionados, las causas de las multas y los importes que debieron pagar. Tampoco se sabe según qué criterio municipal a ciertos administradores les publican la disposiciones y a otros no.

El control social

Cuando se ordenó que las multas a los administradores se dieran a conocer -en principio por su publicación en un medio de circulación masivo y luego en el Boletín Oficial- era para que el sancionado no pudiera eludir el control social. Es de recordar que muchos colegios profesionales publican las infracciones de sus matriculados con el mismo objetivo.

Defensa y Protección del Consumidor porteño al no publicar las multas aplicadas permite al infractor eludir el control social generando un perjuicio claro no sólo a los consorcistas sino también a todos aquellos administradores que hacen el esfuerzo diario de trabajar correctamente.

Como si fuera poco, el buscador de administradores del RPA no funciona desde febrero causando un notable daño tanto a administradores como a consorcistas. Lo más grave es que la herramienta no alerta sobre su malfuncionamiento, simplemente cuando se efectúa una búsqueda muestra un mensaje que indica que "no hay registros para el criterio solicitado". Esta respuesta hace presumir que el administrador buscado no está inscripto lo que en la mayoría de los casos no es verdad [1].

Sobre el rol del RPA su coordinador, Diego Sarrabayrouse, durante su disertación en el IV Congreso Latinoamericano de Administradores organizado por la Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) explicó que "sancionar las conductas que infringen la ley por parte de los administradores tienden a eso, a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, por una parte, y a mejorar también la actividad de los administradores, y a eso me parece que nadie puede oponerse" [2].

Agregó: "Ejercer la tarea de control es antipático porque a nadie le gusta que lo controlen. Pero ese control que nosotros estamos llamados por ley a realizar tiene un fin, que no es otro que el de mejorar la calidad de vida de los vecinos que viven en esta ciudad bajo el régimen de propiedad horizontal".

Sin embargo en los hechos y a pesar de sus declaraciones, durante el 2020 el RPA sancionó en promedio sólo el 32% de las denuncias y de ese porcentaje –también en promedio- publicó en el Boletín Oficial un escaso 23%. O sea que sólo el 7,4% de las denuncias de ese año se concretaron en una sanción publicada en el Boletín Oficial.

Para concluir, es de resaltar que durante los últimos años –salvando contadas excepciones- ninguna entidad de consorcistas ha expresado su opinión sobre estas deficiencias de Defensa del Consumidor y el Registro Público de Administradores   Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] [BPN Nº 718 del 15/12/21: "El buscador de administradores no funciona desde febrero".

[2] Revista Propiedad Horizontal de noviembre/diciembre de 2021: "La presencia del RPA".

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