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Habría un nuevo acuerdo salarial con SEARA

[BPN-15/02/26] El pasado 28 de enero, el Sindicato de Empleados de Administradores (SEARA), liderado por Gabriela Pilar Saldivia, anunció en sus redes sociales la vigencia de tres nuevas escalas salariales para enero, febrero y marzo. Sin embargo, la validez legal de estas escalas es incierta: ante un pedido de información, la Secretaría de Trabajo respondió que, "al día de la fecha, no se ha registrado el ingreso de un acuerdo [de SEARA] con fecha posterior al 05/01/2026".

A pesar del anuncio sindical, persiste un manto de opacidad sobre la negociación. SEARA no ha publicado la copia del acta que daría sustento a los aumentos, y las tres entidades de administradores que representan a la parte empleadora tampoco han informado la novedad a sus asociados.

Los detalles del incremento

Para el mes de enero, el sindicato informó la integración del bono remunerativo de 40 mil pesos a la escala básica. Sobre ese valor, se habría aplicado un aumento del 1,9%, sumando un nuevo bono remunerativo de 60 mil pesos. No obstante, al realizar el cálculo siguiendo este criterio, surge una inconsistencia: existe una diferencia de más de 1.200 pesos en la categoría de cadetes y de más de 1.500 pesos en la de administrativos respecto a las tablas publicadas.

En febrero, se integró a la escala el bono de 60 mil pesos otorgado el mes anterior y se aplicó un aumento del 2%.

Finalmente, para marzo, se estableció un incremento porcentual del 1,9%.

Salarios vs. inflación

Debido a la incorporación de las sumas fijas y el nuevo bono, el aumento real en enero alcanzará un 7,54%. Para los meses siguientes, el incremento se mantendrá en el 2% para febrero y el 1,9% para marzo.

Para obtener estos valores, se promediaron mensualmente las funciones de administrativo y cadete, sumando el bono correspondiente a cada período. Este cálculo permite comparar la evolución salarial con el Índice de Precios al Consumidor (IPC):

 

Escalas Salariales

Inflación

 

Período

Mensual

Mensual

Diferencia

junio/2025

1,71 %

1,60 %

0,11 pp

julio/2025

5,56 %

1,90 %

3,66 pp

agosto/2025

1,44 %

1,90 %

-0,46 pp

septiembre/2025

1,44 %

2,10 %

-0,66 pp

octubre/2025

1,42 %

2,30 %

-0,88 pp

noviembre/2025

1,40 %

2,50 %

-1,10 pp

diciembre/2025

1,38 %

2,80 %

-1,42 pp

enero/2026

7,54 %

2,00 %

5,54 pp

febrero/2026

2,00 %

1,80 %

0,20 pp

marzo/2026

2,10 %

1,90 %

0,20 pp

Es el quinto acuerdo sin homologar

La opacidad del sector se agrava al considerar que este es el quinto acuerdo salarial firmado que aún no cuenta con la homologación de la autoridad laboral. Esta situación genera incertidumbre jurídica: si alguno de estos acuerdos no fuera homologado o sufriera modificaciones en sus cifras, todos los cálculos posteriores deberían ser corregidos.

ESCALAS SALARIALES

Período

Administrativo

Cadete

Bono

mayo/2025

1.050.000,00

840.000,00

 

junio/2025

1.068.000,00

854.280,00

julio/2025

1.082.952,00

866.239,92

40.000

agosto/2025

1.099.196,28

879.233,52

40.000

septiembre/2025

1.115.684,22

892.422,02

40.000

octubre/2025

1.132.172,17

905.610,52

40.000

noviembre/2025

1.148.660,11

918.799,03

40.000

diciembre/2025

1.165.148,06

931.987,53

40.000

enero/2026

1.229.573,14

991.676,94

60.000

febrero/2026

1.315.364,89

1.072.710,67

 

marzo/2026

1.342.987,55

1.095.237,19

El 23 de junio las tres entidades de administradores que representan a los empleadores habían firmado con SEARA un acuerdo salarial que otorgó a sus empleados administrativos un salario básico bruto de 1.068.000 pesos mensuales y a los cadetes uno de 854.280 pesos mensuales.

El 23 de julio la CAPHyAI anunció que el día anterior firmó un acuerdo que otorgó a los empleados de los administradores un aumento del 1,4% de aumento en julio y un 1,5% en agosto y un bono remunerativo de 40 mil pesos para cada uno de esos meses.

El 28 de agosto se firmó un acuerdo que otorgó un aumento del 1,5% y un bono de 40 mil pesos durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre a calcular sobre la escala de agosto.

El 19 de diciembre se acordó establecer la jornada laboral en 8 horas diarias de lunes a viernes (40 horas semanales) y otorgar tratamiento de feriados a los días 24 y 31 de diciembre (vísperas de Navidad y Año Nuevo) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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