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Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Todo cocinado...Viernes 13

Noche de brujas

La Diputada Sandra Dosch (Frente Grande) y el asesor Martín Gonzáles fueron a debatir a la UADI (Unión de Administradores de Inmuebles) un proyecto de ley de registro de administradores que, de hecho, tiene todo el camino allanado para ser aprobado.

"El proyecto tiene un despacho consensuado de la Comisión de Legislación General y además consensuado con parte de las distintas fuerzas políticas de la legislatura", contestó la diputada a una de las primeras preguntas que realizó uno de los presentes que, en un comienzo lleno de tensión, quiso saber a título de qué se hacía el debate.

La diputada cuando reitera la palabra consensuada, sabe de qué habla. Con la firma de Alberto Fernández (Bloque Justicialista), Delia Bisutti (ARI) y de ella misma (Frente Grande) tiene garantizada la mayoría necesaria para convertir en ley un proyecto que, a lo largo de la noche, levantó numerosas objeciones.

Seguridad jurídica del administrador

¿Cualquier propietario puede hacer una denuncia, inclusive sin fundamento, contra el administrador en el registro? preguntó un asistente a los disertantes. La respuesta del asesor Gonzáles fue que no se puede privar al propietario de un derecho constitucional como sería el poder peticionar ante las autoridades, tanto contra un administrador como contra un particular. En el debate que continuó se argumentó que si un propietario o un grupo de propietarios, realizan falsas denuncias contra el administrador, éste deberá ocuparse de presentar descargos que le insumirán tiempo y dinero del que no dispone ni siquiera ahora. La respuesta fue terminante en el sentido de que el administrador podrá hacer juicio penal y civil al falso denunciante por los daños y perjuicios causados tal cual se viene realizando hasta el día de hoy. Como duda a resolver en una futura reglamentación, de la que se ocupará la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, estará la de resolver cómo se garantizará el derecho a un justo e imparcial juicio a un administrador, que enfrenta una denuncia por incumplimiento de los deberes que plantea el Registro que puede terminar con su carrera profesional ante la cuestionada autoridad administrativa del estado. Aquí uno de los presentes observó que si la Ciudad no dispone de fondos para controlar los registros y actividades existentes (ascensores y tanques de agua) no va a poder garantizar el justo cumplimiento de esta nueva ley con los funcionarios de que dispone.

El consorcio no cumple y el administrador "va preso"

Uno de los temas que "calentaron" el debate fue la posibilidad de que frente a la morosidad creciente en la cobranza de expensas, el administrador no pueda enfrentar el pago de las obligaciones del consorcio, quedando de esa forma, como responsable legal, automáticamente en trasgresión con el Registro por no estar en condiciones de presentar los comprobantes o documentos que acrediten pago de impuestos municipales, aportes y contribuciones provisionales y cuotas sindicales entre otras, tal cual lo establece el artículo 11º.

Una asistente comentó a esta redacción que una salida posible es que el administrador asigne como prioridad de pago lo exigible por el registro en lo inmediato y postergue los pagos a los proveedores hasta inclusive, de agravarse la situación, la suspensión o el corte de los servicios comunes. En caso de no ser así otra salida posible sería, tal vez, que el administrador se convierta, obligado por la característica del proyecto, en prestamista del consorcio lo cual da lugar, probablemente a una polémica que excede el carácter de esta nota pero que sería muy interesante para nosotros desarrollar en un futuro.

Los representantes de la legislatura sostuvieron que la única solución que le quedaría al administrador, que está imposibilitado de cumplir con sus obligaciones por falta de fondos del consorcio, es convocar a asamblea, plantear claramente la realidad y de no haber una respuesta que contemple su situación, renunciar.

El auto-administrado no está exento

Según el proyecto de la ley las auto-administraciones tendrán que cumplir con todas las obligaciones que ésta impone salvo la de registrarse, si se da el caso que el administrador vive en el edificio y no lo hace a título oneroso. Estas son, entre otras: sólo contratar provisión de bienes y servicios a quienes posean título o matrícula cuando la ley así lo exija y que estén en condiciones de exhibir los comprobantes del seguro de riesgo de trabajo del personal a su cargo; presentar una declaración jurada anual con los datos del consorcio que administran en soporte informático; contratación de un seguro de responsabilidad civil por "errores u omisiones" (mala praxis) y, también en soporte informático la presentación de los comprobantes de tasas e impuestos municipales y los pagos de los aportes y contribuciones previsionales. Es poco probable que se pueda demostrar la falta de título oneroso a que hace referencia el proyecto en aquellos casos de auto-administraciones que remuneran la actividad al vecino con una quita en las expensas u otras formas de beneficio, salvo en el caso de una denuncia puntual de uno de los copropietarios.

El bien común....

Una de las acusaciones más duras que recibió la legisladora y su asesor fue que este proyecto había sido creado sólo como consecuencia de una cuenta aritmética de unidades de departamentos por votos. Que la falta de una ley marco más amplia, que incluya una colegiatura por la que se viene bregando desde hace mucho y este proyecto, tal cual está, no incluye ningún parámetro de formación que prestigie la profesión. La acusación fue rematada con el concepto de que los legisladores, si bien tienen buenas intenciones, no están pensando en el bien común.

Sandra Dosch les aclaró, a la veintena de presentes ante las objeciones al cumplimiento del proyecto, que éste sólo agrega la declaración jurada anual y la contratación de un seguro por errores u omisiones. El resto de los requisitos ya son cumplimentados por los administradores.

Por otra parte los administradores presentes se quejaron amargamente de la falta de posibilidades de competir con profesionales que a precios irrisorios y sin dar ninguna garantía de idoneidad, trayectoria y honestidad ofrecen hoy sus servicios, a lo que la legisladora aclaró que este proyecto es un comienzo "tal vez perfectible" de separar los buenos administradores de los malos. En este punto tanto los profesionales presentes como los legisladores coincidieron que es imperativo impulsar nuevas medidas que cuyo objetivo sea depurar y prestigiar la profesión.

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