Registro
de administradores
Duro
de matar
CAPHyAI,
UADI, FRA y otros actores, a partir de un acuerdo de 11 puntos que
elaboraron el 9 de octubre, se agruparon con el objetivo de luchar
en conjunto contra la creación del Registro de Administradores porque, según
ellos, vulnera derechos constitucionales
CAPHyAI
Consultado
por Pequeñas Noticias el Ing. Ricardo Pérez Centeno, que es
vicepresidente de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Afines (CAPHyAI), nos aclaró que adhieren a los once puntos, además de la UADI
y FRA; Fedecámaras, La Federación Internacional de Negocios Inmobiliarios Capítulo
Argentino, Asociación Empresarios de la Vivienda, Unión de Entidades de
Servicios (UDES), Colegio de Martilleros de la Provincia de Buenos Aires y cámaras
y asociaciones de propiedad horizontal del interior del país.
"Así
que obviamente se va a trasladar a los precios... tarde o temprano...
por derecha o por izquierda..." |
Incremento
en las expensas
El
primero de los once puntos que firmaron las cámaras trata sobre el tema más
delicado para los propietarios: el costo de las expensas. Este dice que: “la
aprobación de la proyectada ley, tal cual su redacción conocida en el día de
la fecha, provocará un inmediato incremento de las expensas comunes...”. Sobre
esta inquietud el Ingeniero Centeno amplió este concepto expresando que “obviamente
a mayor tarea mayor remuneración o mayores honorarios. Así que obviamente se
va a trasladar a los precios... tarde o temprano... por derecha o por
izquierda...”.
Los
derechos constitucionales
“Ud.
no puede poner en cabeza o hacer responsable a una persona por los problemas de
otro..” dijo el
vicepresidente de la CAPHyAI cuando se le preguntó por qué consideraba que el
proyecto de ley vulnera los derechos constitucionales. “...constitucionalmente
cada uno se tiene que hacer cargo de sus problemas” continuó diciendo y
aclaró que no se puede sancionar al administrador por las deudas que contraiga
el consorcio. Expresó que este proyecto es anticonstitucional porque “El
ente de control de los que son impuestos o cargas de orden federal o nacional es
la AFIP. No el municipio y no una comisión nombrada por legisladores de la
Capital...”
En
otro orden de cosas cuando se trató la contradicción que existiría entre el
proyecto de ley y la legislación nacional sobre la figura del mandato y régimen
de propiedad horizontal, dijo que la figura del administrador de consorcios no
figura en ningún lado “¿...dónde
está escrito qué es el administrador? No existe. Ni siquiera (en) la ley 13.512
va a encontrar la palabra administrador... dice representante legal que actúa
por mandato de (el consorcio) y está referido
expresamente a los artículo sobre el mandato, el mandante y el
mandatario del Código Civil... pero entender que actúa en nombre propio está
en contra de la legislación (vigente).... nada de los que haga por más
horrible que sea lo hizo en nombre propio, lo hizo en nombre del consorcio y es
responsabilidad del consorcio todos los desastres que ese administrador
haga...”
Señalando otra hora
Según
fuentes oficiales el jueves 17 no se trató el proyecto de Ley del Registro de
Administradores en el Recinto le la Legislatura Porteña por la falta de la
firma de la Comisión de Justicia que este miercoles le daría despacho
faborable. De ser así le quedaría allanado el camino para ser aprobado por los
legisladores el día 31 de este mes. |
Los
registros de las cámaras
Ante
nuestra consulta sobre la argumentación de la Diputada Sandra Dosch que las Cámaras
de Administradores se oponían a un registro público y gratuito porque atentaba
contra los registros que cada institución administraba, contestó que: “...tener
un control hecho por idóneos es una cosa y hecho por funcionarios de turno,
otra...”. Por otra parte, en otra línea continuó diciendo que:
“...si
la cámara tiene un registro y haya uno público y (el administrador) tenga que
pagar en los dos algunos pensarán si se justifica el doble pago y se borrarán
de uno. Como del público parecería que tiene que ser obligatorio y no se va a
poder borrar, se va a borrar de la cámara que además es voluntario...”
Otras
consideraciones
Cuando
se refirió al tema del seguro obligario por "errores u omisiones" que
propone el proyecto, el Sr. Perez Centeno expresó que la única modalidad
realmente efectiva de un seguro de este tipo sería una póliza de
"fianza" y que la solución al problema podría ser hasta sin costo porque, como alternativa, si
el profesional posee una propiedad podría ponerla en garantía de su desempeño,
con lo cual se ahorraría el costo de seguros de "mala praxis". A continuación aseveró que: "...la compañia que vende este
seguro (el que propone el proyecto) es (de) la señora de un asesor de Sandra
Dosch, por supuesto, ya está empezado el negocio..." como una explicación a la propuesta de la legislatura de
contratar un tipo de póliza que "...no sirve... es un costo para
nada", según
sus palabras.
Por
otra parte, cerca
del final de la entrevista el vicepresidente de CAPHyAI adhirió a su colega de
FRA en sus duras acusaciones diciendo que: “...al final tiene razón (Jorge)
Hernández cuando dice que Sandra Dosch trabaja de cajera también.... de Ibarra... hace la
caja...”
FRA
Sobre
el cierre de esta edición llegó a nuestra redacción un e-mail sin firma, con remitente
de la Fundación Reunión de Administradores (FRA), institución que también
adhirió a los 11
puntos donde, bajo el título de “Alerta Consorcistas”, se desarrollaron
tres argumentos centrales contra el proyecto de ley del Registro de
Administradores de la Diputada Sandra Dosch (Frente Grande).
El
primero de ellos plantea que se beneficiarán de este proyecto “algunas
compañías de seguros que ya habrían cerrado trato, con quienes van a dictar
esta nueva ley. Estas compañías serían las encargadas de otorgar el nuevo
Seguro de Responsabilidad Civil previsto en la ley. (Este sería) un nuevo
negocio de $ 108 millones por año que van a tener que pagar las
administraciones y que será trasladado a los consorcios”.
¡¡¡ Alerta Consorcistas !!!
"...el
sindicato de encargados (SUTERH) ... pretendería que sus afiliados pasen a
ser también los encargados de liquidar las expensas en los edificios, sus
propios sueldos,
contratar las reparaciones y tareas de mantenimiento de los edificios, etc...." |
Por
otra parte, como segundo punto alega que se beneficiaría
“algún grupo económico con fuerte presencia en (los) medios de comunicación,
el cual ha demostrado sumo interés en el dictado de esta nueva ley, por la cual
al dejar sin trabajo a los actuales administradores anularía la competencia
para su propia gran empresa de administración que largará al mercado el año
que viene. Dicho grupo económico se habría comprometido con los legisladores
impulsores de este proyecto, a darles a cambio gran apoyo, en sus medios de
comunicación, para la campaña política de la próxima contienda electoral.”
Como
último argumento, en este enfático pedido que le hace a los consorcistas para
que hagan conocer su oposición a la ley, expresa que otro beneficiario sería “el
sindicato de encargados que pretendería que sus afiliados pasen a ser también
los encargados de liquidar las expensas en los edificios, sus propios sueldos,
contratar las reparaciones y tareas de mantenimiento de los edificios, etc. Para
ello, ya desde hace varios años los está instruyendo con cursos de computación
para porteros (sic) para luego imponerles a los consorcios un nuevo plus por
tareas administrativas que deberán pagar todos los meses los consorcistas.”
UADI
Sobre
este tema también consultamos al administrador Osvaldo Rostagno, miembro de la
comisión directiva de la Unión de Administradores de Inmuebles (UADI), que
confirmó no sólo la adhesión total al documento de once puntos sino también
al comienzo de la resistencia al proyecto de ley unidos a las asociaciones
colegas.
Entre
las medidas que se están considerando estaría la presentación de un recurso
de amparo que estaría encomendado al Vicepresidente de la Cámara de
Propietarios de la República Argentina (CAPRA) Dr. Enrique Abattí que
confirmó a Pequeñas Noticias que la medida cautelar sólo sería posible
después de sancionada la ley.
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