Provincia
de Buenos Aires
Un
largo camino al colegio
El
12 de agosto del año pasado (2003) el senador justicialista Dr. Raúl
Lamacchia presentó un proyecto de Ley en el Senado de la Provincia de
Buenos Aires para crear un marco normativo y jurídico que regule
el ejercicio de la profesión de administrador de propiedad horizontal en
su provincia
Su proyecto contempla la creación de un Colegio Público de
Administradores, una matrícula obligatoria y un tribunal de disciplina que
"vigilará el buen y honesto desempeño de los mandatos".
El
12 de agosto del pasado 2003, mientras en la Ciudad de Buenos Aires hacía
sólo un día que había comenzado la inscripción de los administradores
con CUIT terminados en 0, 1 y 2 en el flamante Registro Público de
Administradores que funciona bajo la órbita de la Dirección General de
Defensa y Protección al Consumidor de esta ciudad, en la provincia de
Buenos Aires el senador justicialista Dr. Raúl Lamacchia presentaba en la
Honorable Cámara de Senadores un proyecto de Ley que pretende establecer
el marco normativo y jurídico para el ejercicio de la profesión de
administrador de propiedad horizontal. Este ambicioso proyecto de 32
artículos divididos en siete capítulos incluye la creación de un
Colegio Público de Administradores que tendría su asiento en la ciudad
de La Plata.
Consideraciones
generales
Este
proyecto de ley en su artículo 4º considera que está habilitado para
ejercer la profesión de administrador de consorcios toda aquella persona
física o jurídica que haga de ello una profesión habitual, que reúna
los requisitos contemplados por el proyecto de ley y presume que esa
profesión es onerosa.
En
su artículo 5º establece que todo consorcio de más de 10 unidades o más
de 600 m2 de superficie deberá ser administrado por un
profesional que esté matriculado en el futuro colegio previsto por este
proyecto.
¿Quién
podrá ser administrador?
Senado
de Buenos Aires
Dr.
Raúl Lamacchia - Bloque Justicialista
PN:
¿Dr. Lamacchia qué pronóstico le ve al
proyecto?
RL:
Lo veo con pronóstico favorable. Por lo menos en la Comisión tuvo
una buena receptividad y creo que va a salir favorablemente. Es un
proyecto importante para los administradores.
PN:
¿En qué los beneficia?
RL:
Yo creo que va a jerarquizar la profesión porque no va a poder ser
administrador cualquiera, va a mejorar el servicio que va a dar y
esto va a ser beneficioso también para los administrados. Va a
jerarquizar la profesión como ha pasado con otras, como la de los
martilleros...
PN:
¿Está previsto en su proyecto quién se va a
ocupar de la capacitación de estos administradores?
RL:
El Colegio mismo y a través de universidades que va a establecer
posteriormente, en función de los contenidos mínimos y sus planes
de estudio, la incorporación de esta capacitación como está
pasando con otras profesiones nuevas.
PN:
Un colega suyo, el Dr. Courtial, presentó un
proyecto para la creación de un Registro Público de
Administradores que pareciera ser similar al que actualmente tenemos
en la Ciudad de Buenos Aires.
RL:
El Dr. Pedro Courtial está en la Comisión de Asuntos
Constitucionales donde está ese mismo proyecto. En realidad es un
paso anterior, es un avance menor en relación al proyecto de
matriculación. El proyecto de matriculación comprende al
registro. Es mucho más completo porque avanza mucho más y regula
la profesión en su conjunto. Courtial estaba en la Comisión de
Asuntos Constitucionales, participó en la reunión que tuvimos con
las autoridades de las Cámaras y dio su conformidad al proyecto que
presenté yo como más abarcador del tema.
PN:
¿Cuenta con el apoyo de los propietarios?
RL:
No, porque los propietarios no están unidos. No hay una asociación
de propietarios de departamentos con el que se pueda dialogar, que
sean válidos, creo que todos somos propietarios de departamentos en
alguna medida pero... no lo hay.
PN:
¿Este proyecto tiene coautores?
RL:
En este caso no, lo presenté yo solo y fue trabajado con el sector.
Acá lo importante es que salga con un dictamen favorable de la
Cámara de Asuntos Constitucionales. Después va al recinto y si se
aprueba tiene media sanción. En caso de ser aprobado en Senadores
después pasa a Diputados y va a Comisión...
PN:
Para hacer nuevamente otro circuito...
RL:
[Sí, todavía] puede caerse o levantarse...
PN:
¿Le estaría faltando un largo trayecto por
recorrer?
RL:
Hay que hacer mucho lobby en el sector para que esto salgo y
convencer a los legisladores de su conveniencia. |
Entre
otros requisitos podrá ejercer las actividad y matricularse todo aquel
que siendo mayor de edad haya aprobado la carrera de Técnico
Universitario o similar en Administración de Propiedades, esté inscripto
en cualquier Colegio Departamental de Administradores de la Provincia (a
crearse) y disponga para el desempeño de su actividad de una oficina o
local habilitado.
Por
otra parte para matricularse en el Colegio Departamental deberá
certificar la libre inhibición para disponer de sus bienes expedido por
el Registro de la Propiedad, constituir una fianza real o un seguro de
caución de 10 mil pesos (renovable cada año) a la orden del referido
colegio, no hallarse inhabilitado debido a no poder ejercer el comercio,
tener condena firme en sede penal o figurar como excluido de la matrícula
por sanciones disciplinarias, entre otros requisitos.
Sus
obligaciones
Entre
las 19 funciones, deberes y derechos que establece el 9º artículo del
proyecto de ley para los administradores se lee la obligación de convocar
como mínimo una vez por año una asamblea de copropietarios con el fin de
rendir cuentas documentada de su gestión y solicitar su aprobación (inc.
e); acatar la normativa vigente dispuesta por las normas del Instituto
Argentino de Normalización (IRAM) (inc. j); percibir honorarios por la
gestión realizada (inc. p) y ser único depositario y custodio de dinero,
títulos de propiedad y demás documentos del consorcio debiendo arbitrar
los medios para la total seguridad de los mismos.
Administradores
al colegio
El
Colegio Público de Administradores de la Provincia de Buenos Aires
estará integrado por los presidentes de los Colegios Departamentales que
constituirán un Consejo Superior que tendrá a su cargo las 12
responsabilidades explícitas entre las que se encuentran la de
representar a los Colegios Departamentales que lo integran en sus
relaciones con los poderes del Estado (inc. a); dictar normas y editar un
manual de ejercicio profesional para uso de los administradores con las
principales disposiciones legales concernientes a la administración de
consorcios y los principios de ética profesional. Otra de las
responsabilidades que recaerá en el futuro colegio es la de establecer el
programa básico, materias y duración de la carrera de administrador a
crearse.
Tribunal
de disciplina
Registro
de Administradores
El
clon
El
senador de la Provincia de Buenos Aires, Pedro Courtial (FREPASO) el
5 de agosto del 2003 presentó un proyecto de ley con la intención
de crear un Registro Público de Administradores de Consorcios de
Piopiedad Horizontal.
Lo
más llamativo de este proyecto compuesto por 12 artículos es que
es casi un clon del que ya está en vigencia desde hace unos escasos
meses en la Ciudad de Buenos Aires.
Es
de destacar que uno de los requisitos que deberían cumplir los
administradores para poder pertenecer a dicho registro es la de
constituir domicilio especial en la ciudad de La Plata.
Entre
sus fundamentos el senador Courtial expresa que "esta ley
apunta a regular la actividad de los administradores y a convertirse
en una herramienta para que los consorcistas puedan tener
información sobre la empresa que contratan. El registro brindaría
información actualizada sobre los administradores de consorcios de
propietarios, además de controlar el cumplimiento de la normativa
aplicable. Esto sin duda constituirá un obstáculo para las
actuaciones irregulares en las administraciones, que tiene a su
cargo la totalidad de las cuestiones patrimoniales de la comunidad
edilicia.
Actualmente
no existe ningún control estatal sobre este sector. Organizaciones
de defensa al consumidor estima que cada habitante de un edificio de
propiedad horizontal, gasta entre el 5 y el 10% de sus ingresos en
las expensas y que la sobrefacturación ronda el 40%..." |
Cada
Colegio Departamental contará con su propio Tribunal de Disciplina cuya
misión será la de vigilar el buen y honesto desempeño de los mandatos
conferidos a sus matriculados pudiendo aplicar sanciones disciplinarias
sin perjuicio de las eventuales responsabilidades de tipo administrativo,
civil o penal que le quepa a todo colegiado por el mal desempeño de su
mandato. Dentro de las sanciones que podrá aplicar el futuro Tribunal de
Disciplina se encuentran las de apercibir por escrito, multas económicas,
suspensión del ejercicio de la profesión, cancelación del registro por
un plazo determinado y hasta la exclusión misma de la posibilidad de
poder administrar consorcios en forma profesional en la Provincia de
Buenos Aires.
Según
el artículo 17º las denuncias por mal desempeño de su actividad contra
los matriculados se podrán realizar en el Colegio Departamental que
corresponda al domicilio del administrador (inc. q). Estos colegios se
podrán crear en ciudades con una cantidad de administradores no menor a
100 profesionales en ejercicio de la actividad y entre sus numerosas
atribuciones se encontrarán las de sugerir honorarios profesionales (inc.
l), evacuar consultas y asesorías (inc. n) y crear Tribunales Arbitrales
para la solución de conflictos (inc. r).
¿Por
qué crear un colegio?
Entre
los fundamentos de este completo proyecto de ley el Dr. Lamacchia sostiene
que "generará bases jurídicas que entre otras importantes cosas
jerarquizará y dará un apoyo institucional a la profesión, al tiempo
que el profesional matriculado se regirá por medio de esta ley para
actuar en su relación con los consorcistas."
Este
proyecto de Ley, que es básicamente el mismo que ya había presentado en
septiembre del 2001, ya pasó por la Comisión de Asuntos Constitucionales
donde sufrió algunas modificaciones consensuadas con los letrados
representantes de las cámaras de administradores de La Plata, Mar del
Plata y Bahía Blanca, entre otras, con las que se elaboró el proyecto.
En
una entrevista exclusiva con Pequeñas Noticias el Dr. Raúl
Lamacchia expresó que "en este momento está para salir, me dijeron
que en forma favorable, de esta comisión de Asuntos Constitucionales para
que pueda ser tratado en el recinto. Posiblemente haya alguna otra
comisión que tenga que expedirse también... Pero ya con un despacho
favorable se habilita para poder tratarlo sobre tablas..."
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