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Provincia de Buenos Aires

Un largo camino al colegio

El 12 de agosto del año pasado (2003) el senador justicialista Dr. Raúl Lamacchia presentó un proyecto de Ley en el Senado de la Provincia de Buenos Aires para crear un marco normativo y jurídico que regule el ejercicio de la profesión de administrador de propiedad horizontal en su provincia Su proyecto contempla la creación de un Colegio Público de Administradores, una matrícula obligatoria y un tribunal de disciplina que "vigilará el buen y honesto desempeño de los mandatos".

El 12 de agosto del pasado 2003, mientras en la Ciudad de Buenos Aires hacía sólo un día que había comenzado la inscripción de los administradores con CUIT terminados en 0, 1 y 2 en el flamante Registro Público de Administradores que funciona bajo la órbita de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor de esta ciudad, en la provincia de Buenos Aires el senador justicialista Dr. Raúl Lamacchia presentaba en la Honorable Cámara de Senadores un proyecto de Ley que pretende establecer el marco normativo y jurídico para el ejercicio de la profesión de administrador de propiedad horizontal. Este ambicioso proyecto de 32 artículos divididos en siete capítulos incluye la creación de un Colegio Público de Administradores que tendría su asiento en la ciudad de La Plata.

Consideraciones generales

Este proyecto de ley en su artículo 4º considera que está habilitado para ejercer la profesión de administrador de consorcios toda aquella persona física o jurídica que haga de ello una profesión habitual, que reúna los requisitos contemplados por el proyecto de ley y presume que esa profesión es onerosa.

En su artículo 5º establece que todo consorcio de más de 10 unidades o más de 600 m2 de superficie deberá ser administrado por un profesional que esté matriculado en el futuro colegio previsto por este proyecto.

¿Quién podrá ser administrador?

Senado de Buenos Aires

Dr. Raúl Lamacchia - Bloque Justicialista

PN: ¿Dr. Lamacchia qué pronóstico le ve al proyecto?

La Honorable Cámara del Senado de la Provincia de Buenos AiresRL: Lo veo con pronóstico favorable. Por lo menos en la Comisión tuvo una buena receptividad y creo que va a salir favorablemente. Es un proyecto importante para los administradores.

PN: ¿En qué los beneficia?

RL: Yo creo que va a jerarquizar la profesión porque no va a poder ser administrador cualquiera, va a mejorar el servicio que va a dar y esto va a ser beneficioso también para los administrados. Va a jerarquizar la profesión como ha pasado con otras, como la de los martilleros...

PN: ¿Está previsto en su proyecto quién se va a ocupar de la capacitación de estos administradores?

RL: El Colegio mismo y a través de universidades que va a establecer posteriormente, en función de los contenidos mínimos y sus planes de estudio, la incorporación de esta capacitación como está pasando con otras profesiones nuevas.

PN: Un colega suyo, el Dr. Courtial, presentó un proyecto para la creación de un Registro Público de Administradores que pareciera ser similar al que actualmente tenemos en la Ciudad de Buenos Aires.

RL: El Dr. Pedro Courtial está en la Comisión de Asuntos Constitucionales donde está ese mismo proyecto. En realidad es un paso anterior, es un avance menor en relación al proyecto de matriculación. El proyecto de matriculación comprende al registro. Es mucho más completo porque avanza mucho más y regula la profesión en su conjunto. Courtial estaba en la Comisión de Asuntos Constitucionales, participó en la reunión que tuvimos con las autoridades de las Cámaras y dio su conformidad al proyecto que presenté yo como más abarcador del tema.

PN: ¿Cuenta con el apoyo de los propietarios?

RL: No, porque los propietarios no están unidos. No hay una asociación de propietarios de departamentos con el que se pueda dialogar, que sean válidos, creo que todos somos propietarios de departamentos en alguna medida pero... no lo hay.

PN: ¿Este proyecto tiene coautores?

RL: En este caso no, lo presenté yo solo y fue trabajado con el sector. Acá lo importante es que salga con un dictamen favorable de la Cámara de Asuntos Constitucionales. Después va al recinto y si se aprueba tiene media sanción. En caso de ser aprobado en Senadores después pasa a Diputados y va a Comisión...

PN: Para hacer nuevamente otro circuito...

RL: [Sí, todavía] puede caerse o levantarse...

PN: ¿Le estaría faltando un largo trayecto por recorrer?

RL: Hay que hacer mucho lobby en el sector para que esto salgo y convencer a los legisladores de su conveniencia.

Entre otros requisitos podrá ejercer las actividad y matricularse todo aquel que siendo mayor de edad haya aprobado la carrera de Técnico Universitario o similar en Administración de Propiedades, esté inscripto en cualquier Colegio Departamental de Administradores de la Provincia (a crearse) y disponga para el desempeño de su actividad de una oficina o local habilitado.

Por otra parte para matricularse en el Colegio Departamental deberá certificar la libre inhibición para disponer de sus bienes expedido por el Registro de la Propiedad, constituir una fianza real o un seguro de caución de 10 mil pesos (renovable cada año) a la orden del referido colegio, no hallarse inhabilitado debido a no poder ejercer el comercio, tener condena firme en sede penal o figurar como excluido de la matrícula por sanciones disciplinarias, entre otros requisitos.

Sus obligaciones

Entre las 19 funciones, deberes y derechos que establece el 9º artículo del proyecto de ley para los administradores se lee la obligación de convocar como mínimo una vez por año una asamblea de copropietarios con el fin de rendir cuentas documentada de su gestión y solicitar su aprobación (inc. e); acatar la normativa vigente dispuesta por las normas del Instituto Argentino de Normalización (IRAM) (inc. j); percibir honorarios por la gestión realizada (inc. p) y ser único depositario y custodio de dinero, títulos de propiedad y demás documentos del consorcio debiendo arbitrar los medios para la total seguridad de los mismos.

Administradores al colegio

El Colegio Público de Administradores de la Provincia de Buenos Aires estará integrado por los presidentes de los Colegios Departamentales que constituirán un Consejo Superior que tendrá a su cargo las 12 responsabilidades explícitas entre las que se encuentran la de representar a los Colegios Departamentales que lo integran en sus relaciones con los poderes del Estado (inc. a); dictar normas y editar un manual de ejercicio profesional para uso de los administradores con las principales disposiciones legales concernientes a la administración de consorcios y los principios de ética profesional. Otra de las responsabilidades que recaerá en el futuro colegio es la de establecer el programa básico, materias y duración de la carrera de administrador a crearse.

Tribunal de disciplina

Registro de Administradores

El clon

El senador de la Provincia de Buenos Aires, Pedro Courtial (FREPASO) el 5 de agosto del 2003 presentó un proyecto de ley con la intención de crear un Registro Público de Administradores de Consorcios de Piopiedad Horizontal.

Senador Pedro Courtial (FREPASO)Lo más llamativo de este proyecto compuesto por 12 artículos es que es casi un clon del que ya está en vigencia desde hace unos escasos meses en la Ciudad de Buenos Aires.

Es de destacar que uno de los requisitos que deberían cumplir los administradores para poder pertenecer a dicho registro es la de constituir domicilio especial en la ciudad de La Plata. 

Entre sus fundamentos el senador Courtial expresa que "esta ley apunta a regular la actividad de los administradores y a convertirse en una herramienta para que los consorcistas puedan tener información sobre la empresa que contratan. El registro brindaría información actualizada sobre los administradores de consorcios de propietarios, además de controlar el cumplimiento de la normativa aplicable. Esto sin duda constituirá un obstáculo para las actuaciones irregulares en las administraciones, que tiene a su cargo la totalidad de las cuestiones patrimoniales de la comunidad edilicia.

Actualmente no existe ningún control estatal sobre este sector. Organizaciones de defensa al consumidor estima que cada habitante de un edificio de propiedad horizontal, gasta entre el 5 y el 10% de sus ingresos en las expensas y que la sobrefacturación ronda el 40%..."

Cada Colegio Departamental contará con su propio Tribunal de Disciplina cuya misión será la de vigilar el buen y honesto desempeño de los mandatos conferidos a sus matriculados pudiendo aplicar sanciones disciplinarias sin perjuicio de las eventuales responsabilidades de tipo administrativo, civil o penal que le quepa a todo colegiado por el mal desempeño de su mandato. Dentro de las sanciones que podrá aplicar el futuro Tribunal de Disciplina se encuentran las de apercibir por escrito, multas económicas, suspensión del ejercicio de la profesión, cancelación del registro por un plazo determinado y hasta la exclusión misma de la posibilidad de poder administrar consorcios en forma profesional en la Provincia de Buenos Aires.

Según el artículo 17º las denuncias por mal desempeño de su actividad contra los matriculados se podrán realizar en el Colegio Departamental que corresponda al domicilio del administrador (inc. q). Estos colegios se podrán crear en ciudades con una cantidad de administradores no menor a 100 profesionales en ejercicio de la actividad y entre sus numerosas atribuciones se encontrarán las de sugerir honorarios profesionales (inc. l), evacuar consultas y asesorías (inc. n) y crear Tribunales Arbitrales para la solución de conflictos (inc. r).

¿Por qué crear un colegio?

Entre los fundamentos de este completo proyecto de ley el Dr. Lamacchia sostiene que "generará bases jurídicas que entre otras importantes cosas jerarquizará y dará un apoyo institucional a la profesión, al tiempo que el profesional matriculado se regirá por medio de esta ley para actuar en su relación con los consorcistas."

Este proyecto de Ley, que es básicamente el mismo que ya había presentado en septiembre del 2001, ya pasó por la Comisión de Asuntos Constitucionales donde sufrió algunas modificaciones consensuadas con los letrados representantes de las cámaras de administradores de La Plata, Mar del Plata y Bahía Blanca, entre otras, con las que se elaboró el proyecto.

En una entrevista exclusiva con Pequeñas Noticias el Dr. Raúl Lamacchia expresó que "en este momento está para salir, me dijeron que en forma favorable, de esta comisión de Asuntos Constitucionales para que pueda ser tratado en el recinto. Posiblemente haya alguna otra comisión que tenga que expedirse también... Pero ya con un despacho favorable se habilita para poder tratarlo sobre tablas..."Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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