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Convenio Colectivo de Trabajo 378/04

Hay que pasar el invierno

Ante la realidad económica que se vive en la Argentina la noticias de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo trajo en muchos casos angustia a propietarios y preocupación a los encargados Según un estudio realizado por Pequeñas Noticias la modificación en las escalas salariales de los encargados y el nuevo seguro obligatorio aumentarían los sueldos de bolsillo de los encargados en un 16% como máximo y las expensas comunes en un 3,2% Según este muestreo la incidencia del "costo laboral" en los consorcios treparía en muchos casos a más del 49% del total de los gastos de los edificios.

Según un estudio realizado por Pequeñas Noticias sobre consorcios de Barrio Norte, Parque Centenario y Once los incrementos salariales que se desprenden del nuevo Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) Nº 378/04, que se homologó el pasado viernes 30 de abril en el salón Islas Malvinas en el Ministerio de Trabajo, los aumentos en las escalas salariales y el nuevo seguro que instauró haría trepar el costo laboral total a un 17,4% en promedio. Este porcentual incluye un incremento en el salario de bolsillo que va desde el 7% hasta poco más del 17% dependiendo de la función, categoría y horas extras que realiza el encargado. En cuanto a los aportes y contribuciones los propietarios abonarán aumentos que comienzan en un 14% trepando hasta un 19% en total.

Mientras los empleados, dependiendo del tipo de aporte jubilatorio en el que estén inscripto (Régimen de Capitalización o Reparto), verán incrementados sus aportes en un 5% o un 6,25% más (el 1% de incremento sobre el sueldo bruto) los empleadores –o sea los consorcios- lo harán en sus contribuciones en un 8,16% más (el equivalente al 2% sobre los sueldos bruto) sumando entre ambos un total del 6,74% o del 7,4% de incremento según el caso (un 3% sobre el total del sueldo bruto).

Los aumentos directos por actualización en las escalas salariales se van incrementando de acuerdo a las funciones y las categorías de los edificios. Para aquellos que quedan encuadrados en la cuarta categoría oscilan entre un 4,9% y un 5,1% mientras que para aquellos que trabajan en edificios de primera categoría, de acuerdo a su función puede llegar a un 12,4% de aumento con un mínimo de 4,9%

Incrementos salariales (porcentuales)

FUNCIONES

Categorías

Encargado Perm. c/vivienda

12,4%

10,7%

9,0%

5,1%

Encargado Perm. s/vivienda

11,8%

10,3%

8,5%

5,0%

Ayudante Perm. c/vivienda

12,4%

10,7%

9,0%

5,1%

Ayudante Perm. s/vivienda

12,1%

10,4%

8,7%

5,0%

Ayudante Media Jornada (antes sin vivienda)

12,0%

10,3%

8,8%

4,9%

Personal Asimilado c/vivienda

12,4%

10,7%

9,0%

5,1%

Personal Asimilado s/vivienda

12,1%

10,4%

8,7%

5,0%

Mayordomo con vivienda

11,9%

10,3%

8,6%

5,0%

Mayordomo sin vivienda

11,4%

9,9%

8,3%

5,0%

Personal con + 1 Función c/viv

12,4%

10,7%

9,0%

5,1%

Personal con + 1 Función s/viv

11,8%

10,3%

8,5%

5,0%

Encargado Guardacoches c/viv

5,1%

5,1%

5,1%

5,1%

Encargado Guardacoches s/viv

5,0%

5,0%

5,0%

5,0%

Pers. Vigilancia diurna

5,1%

5,1%

5,1%

5,1%

Pers. Vigilancia nocturna

5,0%

5,0%

5,0%

5,0%

Pers. Vigilancia media jornada

5,1%

5,1%

5,1%

5,1%

Encargado No Perm. c/viv. (antes 4hs.)

5,0%

5,0%

5,0%

5,0%

Encargado No Perm. s/viv. (antes 4hs.)

4,9%

4,9%

4,9%

4,9%

Encarg. No Perm. c/viv. S/horario

- - -

Encarg. No Perm. s/viv, s/horario (*)

- - -

Ayudante temporario (antes de temporada)

5,0%

5,0%

5,0%

5,0%

Ayudante temporario media jornada (antes de temporada media jornada)

5,1%

5,1% 5,1% 5,1%

Dependiendo de muchos factores entre los cuales se encuentra el tipo de edificio, la cantidad de unidades funciones, cantidad de personal, si poseen o no seguridad y muchos otros, la incidencia de los gastos de sueldos, aportes y contribuciones rondaba el 46% promedio hasta antes de los aumentos dispuestos por el CCT 378/04. Ahora y teniendo en cuenta la incidencia en las horas extras, aportes y contribuciones la participación de este rubro en el total de los gastos del consorcio pasará al 49% con lo cual el total de las expensas se verá incrementada en un 3,2% aproximadamente que claro está, en el curso del año 2004, también tendrá una incidencia en el Sueldo Anual Complementario y en las futuras vacaciones.

Estos aumentos los abonarán los propietarios que paguen sus expensas recién en los primeros días de junio cuando reciba las liquidaciones de mayo aunque es importante destacar que muchos copropietarios abonan sus expensas en forma fija de acuerdo a un presupuesto anual y no según los gastos que efectivamente se realizan mes a mes, por lo cual si este incremento no se refleja en las próximos meses es de esperar que los fondos con los que pudiera contar el consorcio vaya disminuyendo paulatinamente porque no hay otro lugar de donde se podrán afrontar los nuevos aumentos de haberes.

Si bien es temprano para sacar conclusiones sobre la tendencia que seguirá el mercado, algunos administradores comentaron a Pequeñas Noticias que entre los propietarios de los consorcios de clase media más castigados por las sucesivas crisis económicas existe mucho descontento porque, aparte de aquellos que están pasando por etapas de desocupación, tienen la sensación de que el encargado gana más que ellos y tiene más beneficios sociales. Una administradora de Villa Madero comentó a este medio que en algunos de sus consorcios los propietarios evaluaban la posibilidad de retirarle al encargado las horas extras y otros la de contratar empresas externas de limpieza para achicar costos.

Una conocida abogada especializada en Propiedad Horizontal comentó a este medio que muchos vecinos que viven en propiedad horizontal están en planes de pagos por morosidad en sus expensas –que en estos momentos rondaría en un 10%- y estos nuevos aumentos, junto a otros que se fueron aplicando a lo largo de los últimos meses, les podrían dificultar el cumplimiento de las obligaciones contraídas.

Por otra parte esta situación también preocupa a parte de los encargados aunque consideran que ya hace más de 10 años que no recibían ningún aumento fuera de aquellos casos en que el Estado Nacional reguló condiciones para todo el mercado laboral privado. Dentro del universo del mundo de los trabajadores de edificios algunos sectores de oposición a la actual conducción del gremio opinan como un pinto negativo a destacar que no es la Federación Argentina de Trabajadores Renta y Horizontal (FATERYH) la que debería manejar los fondos devengados de la recaudación del nuevo seguro creado por el CCT 378/04.

Este gremio es muy particular: probablemente sea el único donde los trabajadores (los encargados) son mucho menos que los empleadores (los copropietarios), quienes en una buena parte de los casos pertenecen a su misma clase social, en otros a una inferior y en una proporción menor a una clase social de mayor poder adquisitivo. Si bien en la mayoría de los casos se asocia a los propietarios con un cierto nivel adquisitivo no siempre se tiene en cuenta que hay una población importante que vive en consorcios construidos por la Comisión Municipal de la Vivienda (CMV) que sufre un alto índice de desocupación entre sus habitantes que se refleja en importantes niveles de morosidad en el pago de expensas y que no permite el mantenimiento mínimo necesario de los complejos habitacionales para no crear situaciones de riesgo a sus habitantes como, por ejemplo, la falta de mantenimiento de los ascensores.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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