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Convenio Colectivo de Trabajo 378/04 La diputada nacional Inés Pérez Suárez (Partido Justicialista) con el apoyo de la Liga del Consorcista el martes 8 de junio de este año (2004) recolectó firmas para solicitarle al Ministro de Trabajo la suspensión de la vigencia de la nueva Convención Colectiva La diputada aduce que las entidades que representan a los administradores no han contado con el mandato suficiente para suscribir dicho convenio y no se ha escuchado a los copropietarios. La diputada Inés Pérez Suárez para pedirle al Dr. Carlos Alfonso Tomada, Ministro de Trabajo, que suspenda la vigencia de la Convención Colectiva de Trabajo Nº 378/04 entre sus argumentos aduce que "los administradores en su calidad de representantes legales de los consorcios deben tener la autorización expresa emanada de una asamblea extraordinaria convocada a tal efecto para representar a sus mandatarios, por cuanto el mandato de aquellos se encuentra limitado a los términos que determina el propio Reglamento de Copropiedad y ni la Ley 13.512 ni las disposiciones del Código Civil extiende el contenido del mismo para participar en paritarias y menos suscribir convenios colectivos".
En la planta baja del Anexo de la Cámara de Diputados, sito en la calle Riobamba 25 desde las 15 hs. hasta pasadas las 18 del martes 8 de este mes (junio/2004), se habilitó una mesa atendida por un par de colaboradores de la oficina de la diputada para recolectar las firmas de los propietarios que desearan adherir a este petitorio <ver texto completo>. La diputada justicialista considera que el petitorio surge a partir del "estado de grave inquietud social suscitado por dicho convenio en la población que vive o trabaja en edificios de Propiedad Horizontal, especialmente en los sectores de menores recursos, al establecer una serie de obligaciones dinerarias que provocan la elevación importante del monto de las expensas comunes y cuyas motivaciones no han sido suficientemente aclaradas ni dadas a publicidad". Por otra parte agregó que "el convenio cuestionado ha sido suscripto -desde la parte empresarial- por la Unión Administradores de Inmuebles (UADI), la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (AIERH) y la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), que más que representantes de copropietarios, aglutinan en su seno a martilleros e inmobiliarias, y aún cuando cuenten entre sus miembros a administradores, ninguno de ellos ha tenido mandato suficiente de los consorcios que representan para suscribir el convenio aludido." Esta iniciativa de solicitarle al Dr. Carlos Tomada la suspensión de la vigencia del CCT nació espontaneamente del seno de los asistentes durante la presentación del proyecto de Reforma Integral a la Ley de Propiedad Horizontal (13.512) que realizaron el jueves 3 de este mes en el 2º piso del mismo anexo organizado por la diputada Inés Pérez Suárez (Justicialista/Capital Federal) junto a su colega Isabel A. Artola (Frente Popular Bonaerense – FrePoBo/Buenos Aires) y el presidente de la Comisión de Vivienda y Ordenamiento Urbano, Sr. Alfredo Anselmo Martínez (UCR/Santa Cruz). En esa misma oportunidad y ante el reclamo generalizado de las casi 200 personas que asistieron a este evento, el Dr. Mario Masciotra (colaborador y asesor de la diputada Suárez) sugirió que "debe presentarse una acción judicial y reclamar la nulidad de ese convenio suscripto por ausencia de legitimidad".
Entre los aplausos de los presentes justificó sus palabras afirmando que "el sujeto que ha suscripto ese convenio, que es la cámara de propiedad horizontal, carece de legitimidad y es un convenio absolutamente nulo. En primer lugar porque no representa a la totalidad de los administradores y en segundo lugar porque los administradores representados carecían de la suficiente instrucción expresa de sus propios mandantes que son los consorcistas. En definitiva los consorcistas no fueron escuchados: no sólo no estaban sino que no le otorgaron instrucciones expresas [a los administradores] para que se suscribiera ese convenio y ni siquiera fueron consultados."
El Dr. Masciotra, que también se desempeña como titular de "Derecho Procesal Civil", profesor de grado de "Práctica Forense" y profesor de pos-grado de "Habeas Data" en la Universidad del Salvador, redondeó su idea explicando que "no obstante la homologación efectuada por el Ministerio de Trabajo y su publicación en el Boletín Oficial no le otorga validez absoluta habida cuenta que no estaban legitimadas suficientemente esas cámaras empresariales para representar a las consorcistas". Según la diputada Suárez desde el año 1993 hasta el 2001 se han iniciado 53.600 causas de ejecución de expensas (6.700 por año) y por lo tanto teniendo en cuenta que para ella el nuevo CCT introduce un factor inaceptable de discordia en la comunidad consorcial prevé, para el caso de que el ministro no haga lugar al pedido solicitado, comenzar una demanda judicial de nulidad. A tal fin solicitó a los firmantes del petitorio fotocopias de las 1ºs y 2ºs páginas del Documento Nacional de Identidad, domicilio real, calle, número y número de unidad de la que son propietarios o inquilinos, fotocopia del título dominial y en el caso de los inquilinos que están a cargo de las expensas fotocopia del contrato de alquiler <ver texto completo> |
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