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Carrera de Administrador de Consorcios La reclama Ciencias Económicas El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitó al decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, Dr. Atilio Alterini, que no avance en la creación de la carrera de Administrador de Propiedad Horizontal Este consejo profesional argumenta que estos estudios se encuadran en el ámbito de las ciencias económicas y no del derecho Esta iniciativa había surgido a partir de un acuerdo que firmó esta facultad con Fundación Reunión de Administradores. [BPN-29-11/05] "Solicitamos que no se avance en la creación de esa carrera", destacó en una carta el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCE) al decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA), Dr. Atilio Alterini. En la nota, que con el número 3104 fue enviada el pasado 14 de noviembre, se le exhorta a que no continúe las tratativas para que se dicte en esa facultad la carrera de Administrador de Propiedad Horizontal < texto original>.El presidente del CPCE, Dr. Humberto Ángel Gussoni, y el secretario, Dr. Guillermo Héctor Fernández, le manifestaron al Dr. Alterini, entre otros argumentos, que "el tipo de actividad a la que se dirigen estos estudios encuadra de manera muy clara en el ámbito del conocimiento propio de las Ciencias Económicas". Por otra parte, también subrayaron que "igualmente nos ponemos a disposición de esa facultad, junto con las comisiones de estudios especializadas del consejo y con la Escuela de Educación Continuada, que funciona en nuestra institución, para avanzar junto a ustedes en el tema", aunque advirtieron que lo harán "con una perspectiva más ajustada a la real ubicación académica y profesional de la administración de consorcios de Propiedad Horizontal". Comisión de Actuación Licenciados en Administración La carta de los Dres. Fernández y Gussoni se basó en un detallado informe < texto original> que se produjo después del acuerdo firmado por el Dr. Alterini y el presidente de Fundación Reunión de Administradores (FRA), Adm. Jorge Hernández (BPN Nº 273 del 1/11/05: "Caras y caretas"). Este informe fue elaborado por los Dres. Roberto Fregonesi, Leopoldo Gurovich y Santiago Pontoriero, integrantes de la Comisión de Actuación Profesional Licenciados en Administración (APLA) y que conforman la Subcomisión de Administración de Consorcios en Propiedad Horizontal, que funcionan dentro de Consejo de Ciencias Económicas.Según los miembros de APLA las funciones que desempeña un administrador de consorcio se enmarcan en las actividades vinculadas a las ciencias económicas y no a las del derecho. "La tarea del administrador de consorcios es esencialmente de aspecto económico administrativo. Si bien con base en las leyes vigentes, su desempeño no implica el ejercicio del derecho en sí", argumentaron. Asimismo, señalaron que el administrador de consorcios "tiene una importantísima función en la dirección operativa de edificios y emprendimientos urbanísticos lo que significa que por una parte deberá asesorar a los propietarios en todas las cuestiones sobre propiedad horizontal y también tiene funciones operativas inherentes a las tareas administrativas". Respecto a las funciones operativas explicaron que los administradores deben, entre otras cuestiones, controlar el destino de los fondos, resolver sobre el mantenimiento del edificio, dirigir al personal en relación de dependencia, resolver las diferencias entre los ocupantes del edificio, contratar a proveedores y sostienen que éstas son funciones "concordantes con las señaladas por el Art. 14 de la ley 20.488, que regula el ejercicio de los profesionales en Ciencias Económicas". En este sentido, advierten que los profesionales de ciencias económicas "son los únicos que tienen en sus planes de estudio materias afines a la programación, planeamiento y presupuestación". Según ellos, ésto es lo que los hace tener "una visión distinta de las otras profesiones. Les permite conocer perfectamente qué resultados se obtendrán en el futuro por sus decisiones actuales y sus implicancias sociales, económicas y financieras". Sin embargo, aclararon que "el conocimiento de las leyes pertinentes es necesario en la administración de consorcios pero no suficiente. También se deben conocer otras materias no menos importantes como por ejemplo Contabilidad, Finanzas, Psicología [...] y la mayoría de ellas, sólo se dictan en las carreras de Ciencias Económicas". En ese informe, también afirman que los profesionales en ciencias económicas "luego de su graduación, pueden especializarse en distintas disciplinas existentes como: administrador de consorcios, de entidades deportivas, de centros de salud, de la justicia" y destacan que los abogados sólo pueden especializarse en propiedad horizontal "desde el ejercicio del derecho, no desde la administración". |
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