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Renta Vitalicia La diputada nacional Susana García presentó un proyecto de ley para modificar el Código Civil y poner límites a los contratos de renta vitalicia Aseguró que muchas corporaciones que implementan este tipo de programas se aprovechan de la necesidad económica de la 3ª edad Propone que cuando exista una notable desproporción entre la prestación y el valor del bien se considere que el acto jurídico está viciado de lesión subjetiva. [BPN-08/08/06] "Lo que más duele es que en las transacciones de renta vitalicia se está pensando en la muerte de una persona. Eso fue lo que me impactó para comenzar a pensar en, por lo menos, poner algunas trabas a esta especie de trampa o tramoya que se está haciendo", aseguró la diputada nacional del ARI (Afirmación por una República de Iguales) por la provincia de Santa Fe, Susana García. Esta preocupación es la que la llevó a presentar en el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley para poner algún tipo de control sobre los contratos de renta vitalicia. En una entrevista exclusiva concedida a Pequeñas Noticias, la diputada García destacó que la iniciativa surgió a partir de una reunión que tuvo con sus asesores legales: "vimos la necesidad de poner reglas claras porque observamos que algunos estudios, amparándose en el Código Civil, se aprovechaban de la gente mayor". A modo de antecedente, la diputada por Santa fe explicó que algunas personas o corporaciones financieras –contrato mediante- ofrecen a las personas mayores hacerse cargo de sus gastos mensuales (expensas, luz, gas, agua e impuestos), permitiéndoles vivir en sus propiedades, para luego, una vez que mueran, poder quedarse con sus viviendas.
Teniendo en cuenta que según ella el deber del Estado es bregar por los derecho de los más débiles, propone que se agreguen dos cláusulas al artículo 2.074 del Código Civil argentino para facilitar la protección de una de las franjas que considera más desprotegidas: los ancianos. "Hay mucha gente mayor, propietaria, que hoy está en una condición económica muy mala y a partir de nuestra investigación descubrimos que hay muchas deudas por expensas", manifestó la diputada, quien advirtió que el temor a que les rematen la casa es lo que provoca que muchos abuelos se avengan a este tipo de convenios. En su proyecto de ley, propone incorporar un artículo en el que se establezca que cuando en un contrato la renta pactada sea inferior a la que normalmente produciría el bien entregado, el acto jurídico debe considerarse "viciado de lesión subjetiva". Argumentó que se puede considerar lesión subjetiva cuando existe una "notable desproporción de las prestaciones, independientemente que el beneficiario de la renta continúe en posesión del bien por constituto posesorio". En la segunda cláusula apunta a que se incorpore, dentro de los requisitos, que el pago de la renta sea realizado mediante depósitos en cuentas de entidades bancarias, giros, transferencias, cheques o ante escribano público. El pago de la renta que se efectúe de modo distinto, carecerá de validez y no tendrá efectos entre partes ni respecto a terceros. Sin embargo, aclaró que "nosotros no podemos intervenir en la propiedad privada. Estamos poniendo un coto a estos estudios que hacen un uso abusivo, aprovechándose de la situación económica de mucha gente", resaltó García. El valor de la propiedad "La idea es que se fije un valor real a la propiedad", explicó la diputada. A partir de este se podría establecer un monto mensual que abonaría la "corporación" pero siempre en proporción al valor del departamento. De aprobarse este proyecto, reconoció que "la empresa, el estudio o la corporación que haga esta transacción, en algunos casos, hasta puede llegar a perder dinero porque si la persona llega a vivir 40 años le va a tener que pagar, tal vez, más de lo que vale la propiedad". De todos modos, aclaró que normalmente sucede todo lo contrario debido a que siempre gana la "corporación". Para ella esta modificación garantizará "mediante un mecanismo claro, el equilibrio de las contraprestaciones y la seguridad jurídica, en lo que respecta al contrato de renta vitalicia onerosa, introduciendo criterios objetivos que permitan determinar si hubo o no un abuso de la necesidad del otro". Por otra parte reflexionó que todo lo vinculado a la renta vitalicia "es difícil porque es una decisión que la toma el propietario. Más de eso no, le podíamos agregar o modificar. Legalmente, no hay forma de ponerle más limite. Vamos a seguir estudiándolo porque para nosotros es una preocupación". Una inversión menor al 36% Según la investigación que realizó Pequeñas Noticias, una persona o corporación podría quedarse con la vivienda de un persona con una inversión de sólo un 36 por ciento del valor real de la propiedad < ver nota>. Frente a este estudio, la diputada aseguró: "es verdad, la realidad es esa, a veces ni llegaba al 36 por ciento. Yo creo que puede ser menos"."Manejan la necesidad de la gente, se aprovechan del desconocimiento pero principalmente de la situación económica", reflexionó. "Un odioso cálculo de la avaricia..." En su proyecto de ley, la diputada cita reflexiones del jurisconsulto y político español Florentino García Goyena (1763-1855). Según él "la renta vitalicia, constituida en donación o última voluntad, nada tiene que no sea laudable, como que es un acto de liberalidad y beneficencia". No solo eso, él considera que, por un lado, "puede decirse que este contrato es un odioso cálculo de la avaricia y codicia, el frío consejero del egoísmo, el compañero solitario de la misantropía, el enemigo de todo afecto social, y el espoliador de la familia; que, cuando su único objeto no es el de asegurar y prolongar la existencia, no se establece sino sobre la destrucción y la muerte, pues que habitúa a los hombres a calcular fríamente sobre la vida y la muerte de sus semejantes". Y que por otro, "más de una vez es un acto interesante de beneficencia, un medio ingenioso de multiplicar el oro caritativo y necesario a la vida, el último y consolador recurso de la vejez y del infortunio. ¿Y cómo no dar apoyo favorable y la protección más propicia al indigente, al enfermizo, o viejo, que fundan su único medio de existir en la misma fragilidad de su existencia y venden para vivir el último momento de su vida?" --- Ilustración: David Petroni |
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