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En setiembre de este año representantes de la FAC podrían viajar a Ginebra.

En setiembre de este año representantes de la FAC podrían viajar a Ginebra.

Federación Argentina de Consorcios

Busca apoyo de la OIT

El 4 de julio pasado la Federación Argentina de Consorcios realizó una presentación ante la Organización Internacional de Trabajo para participar de las convenciones colectivas del sector representando a la parte empleadora Este organismo le adelantó a la FAC que en septiembre de este año harán una reunión especial para tratar el tema Los directivos de la entidad de consorcistas adelantaron que también pedirán la intervención de otros organismos internacionales.

[BPN-01/08/07] La Federación Argentina de Consorcios (FAC) recibió una rápida y formal respuesta a la presentación que hizo el 4 de julio ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para poder participar de las negociaciones de los Convenios Colectivos de Trabajo con el Sindicato Único de Trabajadores Edificios Renta y Horizontal (SUTERH).

En una conferencia de prensa, realizada el 19 de julio en la Sala Cabezas del Congreso de la Nación, la vicepresidenta de la FAC y presidenta de la Unión de Consorcistas de la República Argentina (UCRA), Sra. Alicia Giménez, leyó la respuesta que la OIT le hizo llegar a la federación a través de un mail en el que expresó: "Señor Presidente he recibido su comunicación de fecha 4 de julio de 2007 denunciando la imposibilidad de participar de la negociación colectiva del sector en su calidad de empleador. Aprovecho la oportunidad para reiterarle mi testimonio de mi más atenta consideración".

El Dr. Marcos Bergenfeld y la Sra. Alicia Giménez, presidente y vicepresidente respectivamente de la FAC.

El Dr. Marcos Bergenfeld y la Sra. Alicia Giménez, presidente y vicepresidente respectivamente de la FAC.

Según ella, esta respuesta es muy importante: "ojalá que con esto nos empiecen a mirar de otra manera porque en Argentina tenemos los caminos cerrados y no podemos llegar a la vía judicial".

El presidente de la FAC, Dr. Marcos Bergenfeld, subrayó que el objetivo fundamental es poder defender los derechos de los consorcistas en su calidad de empleadores: "con esta presentación hemos llegado a la conclusión de que tenemos un derecho consagrado por una ley a nivel mundial desde hace casi 60 años".

Por otra parte, resaltó que para no entrar en política esperaron para presentar su recurso a que la candidata a presidente, Cristina Fernández de Kirchner, "se fuese de Ginebra. No queríamos que se cruzase nuestro pedido con su viaje y que los medios de comunicación le preguntaran sobre este tema. Esto es extremadamente importante en nuestro camino de tratar de evitar confrontaciones inútiles".

Al mismo tiempo, aseguró que la primera dama cometió un error cuando manifestó que "lo justo es que se dividan las utilidades entre los empleadores y los obreros o empleados. La pregunta que le vamos a hacer es cuál es la utilidad a repartir de los consorcios".

El Dr. Bergenfeld evaluó que a partir de esta respuesta el Ministerio de Trabajo quedó enfrentado a los organismos técnicos de la OIT y que en nombre de la República Argentina tendrán que explicar cuáles son los motivos por los que no los aceptan en la mesa de negociaciones.

Según él, desde la OIT les adelantaron que en el mes de septiembre van a hacer una reunión especial en Ginebra para tratar este tema y, en caso de ser necesario, un grupo de representantes de la FAC va a viajar para poder plantearles su reclamo.

Logo de la Organización Internacional del TrabajoGinebra

¿Qué es la OIT?

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) fue creada en 1919 como parte del Tratado de Versalles que señaló el fin de la Primera Guerra Mundial y reflejó la convicción de que la justicia social es esencial para alcanzar una paz universal y permanente.

Su Constitución fue elaborada entre enero y abril de 1919 por una Comisión del Trabajo establecida por la Conferencia de Paz, que se reunió por primera vez en París y luego en Versalles. En ese momento, la comisión estaba integrada por representantes de nueve países: Bélgica, Cuba, Checoslovaquia, Francia, Italia, Japón, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos. El resultado fue una organización tripartita, la única en su género con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores en sus órganos ejecutivos.

La Constitución contenía ideas ya experimentadas en la Asociación Internacional para la Protección Internacional de los Trabajadores, fundada en Basilea en 1901. Las acciones en favor de una organización internacional que tratara temas laborales se iniciaron en el siglo XIX, y fueron lideradas por dos empresarios, Robert Owen (1771-1853) de Gales y Daniel Legrand (1783-1859) de Francia.

La OIT está consagrada a la promoción de oportunidades de trabajo decente y productivo para mujeres y hombres, en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana. Sus objetivos principales son promover los derechos laborales, fomentar oportunidades de empleo dignas, mejorar la protección social y fortalecer el diálogo al abordar temas relacionados con el trabajo.

Al promover la justicia social y los derechos humanos y laborales reconocidos a nivel internacional, la Organización persiste en su misión fundadora: la paz laboral es esencial para la prosperidad. En la actualidad la OIT favorece la creación de trabajo decente y las condiciones laborales y económicas que permitan a trabajadores y a empleadores su participación en la paz duradera, la prosperidad y el progreso.

Mientras tanto, aclaró que en el ínterin su equipo "va a continuar trabajando para ver cómo se puede dar vuelta esta situación en los tribunales argentinos porque esto es una vergüenza en el mundo".

¿Por qué la OIT?

El Dr. Félix Pazo, secretario de la FAC, explicó que decidieron hacer una presentación en la OIT porque "lamentablemente, en nuestro país los caminos jurídicos son demasiados lentos y parecen interminables". "Hemos acudido a un organismo internacional en donde hay una ley que es de valor superior a la Constitución argentina y que determina que en las convenciones colectivas de trabajo tienen tanto derecho los empleadores como los empleados", destacó.

Según él, las base de su presentación en la OIT se apoya en el Derecho de Comunicación de las resoluciones del 17 de junio de 1948 que entraron en vigencia el 4 de julio de 1950 y que para los abogados que representan a la FAC "es inapelable e inamovible porque la han aceptado 172 países y no se puede soslayar".

El Dr. Pazo argumentó que esta norma tiene un articulado del 1 al 21 que pone en pie de igualdad a los trabajadores y a los empleadores teniendo en cuenta que el empleador es el que paga y el trabajador el que recibe un sueldo.

"No tenemos ningún problema con los trabajadores, esto se ha politizado y nosotros lo vamos a esquivar. Vamos a hablar de derecho y nada más. El que paga tiene absoluta prioridad para estar sentado en la mesa paritaria y todo aquel que se oponga antes o después tendrá que responder ante la justicia por haber ocupado un lugar que no le pertenecía", advirtió el Dr. Pazo.

Su planteo se basa en que los propietarios son los legítimos empleadores y que los administradores prácticamente han usurpado y causado graves e irreparables perjuicios de los que se deberán hacer cargo.

Por su parte, el Dr. Jorge Marcelo Terzano (tesorero de la FAC), denunció que es el ejercicio del gobierno el que hace que las personas prostituyan los derechos constitucionales y que su reclamo no pueda llegar a la vía judicial: "lamentablemente, aquellos que vienen ejerciendo el gobierno hace 4 años le es útil y funcional que el SUTERH les acerque votos. Mientras esté en ejercicio este gobierno la vía administrativa es la que nos está impidiendo llegar a la Justicia".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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