Informe
especial
Todo el mundo
aportará el 11%
El Gobierno
nacional aseguró que el aumento del aporte jubilatorio será directamente
del 7 al 11% como lo indica la ley
De esta manera se descartó una nueva prórroga o el incremento escalonado
Ya está disponible la Versión 29 del SIJyP para reflejar el cambio.
[BPN-22/01/08]
Los haberes del mes de enero de 2008 tendrán una modificación en los
aportes que se le realizan a los trabajadores que eligieron el
régimen privado de jubilación (AFJP). Hasta el mes de diciembre,
aportaron el 7% de su sueldo bruto y ahora, a partir del 1º de enero de
2008, pasarán a aportar el 11%.
Aunque los
trabajadores que hayan elegido el sistema de capitalización verán una
disminución en sus haberes, el jefe de Gabinete, Alberto Fernández,
reiteró que estos aportes saltarán del 7% al 11% y no habrá gradualidad
en los mismos como había solicitado el titular de la CGT, Hugo Moyano.
Hace casi un
año, el 24 de
enero de 2007, se publicó en el Boletín Oficial (BO) el Decreto 22/2007
cuyo 1º artículo dice: "Prorrógase hasta el 1º de enero de 2008,
las suspensiones dispuestas por el artículo 1º del Decreto Nº 390/03 y
prorrogadas por el artículo 1º del Decreto Nº 809/04, el artículo 1º
del Decreto Nº 788/05 y el artículo 1º del Decreto Nº 940/06,
respecto del restablecimiento de los DOS (2) puntos porcentuales
correspondientes al aporte personal de los trabajadores en relación de
dependencia, ordenado por el artículo 2º del Decreto Nº 2203/02,
oportunamente reducido por el artículo 15 del Decreto Nº 1387/01,
modificado por el artículo 5º del Decreto Nº 1676/01".
La redacción
de este último artículo, por las innumerables referencias que hace a
todos los anteriores, convierte su lectura en muy poco amigable.
Para hacer memoria y bucear por este laberinto de decretos y artículos,
éstos son los antecedentes de las reducciones, aumentos y prórrogas que
han sufrido los aportes relacionados con la jubilación de los
trabajadores.
Nº
de Ley/Decreto y Artículo |
Fecha
publicación BO |
Resumen
del mismo |
Ley
24.241, Art. 11 |
18/10/1993 |
El
aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia
será del once por ciento (11 %)... |
Dto.
1387/01, Art. 15 |
02/11/2001 |
Se
reduce al 5% el aporte personal de los trabajadores en relación
de dependencia establecido en el artículo 11 de la Ley Nº 24.241
por un año. |
Dto.
1676/01, Art. 5 |
20/12/2001 |
Se
reduce al 5% el aporte personal de los trabajadores en relación
de dependencia que hubiesen optado u opten por el Régimen de
Capitalización (AFJP) establecido en el artículo 11
de la Ley Nº 24.241 por un año. |
Dto.
2203/02 |
01/11/2002 |
Se
prorroga hasta el 28 de Febrero de 2003 la reducción del
aporte personal del 5% y se restablecerá a razón del 2% a
aplicar el 1° de marzo (7%), 1° de julio (9%) y 1°
de octubre de 2003 (11%), hasta alcanzar el 11% establecido
por el artículo 11 de la Ley Nº 24.241. |
Dto.
390/03, Art. 1 |
15/07/2003 |
Se
suspende hasta el 1º de julio de 2004 (9%) y el 1º de
octubre de 2004 (11%), el restablecimiento del 2% previstos
para el 1º de julio y 1º de octubre del 2003. |
Dto.
809/04, Art. 1 |
28/06/2004 |
Se
prorroga hasta el 1º de julio y 1º de octubre de 2005,
el incremento del 2% previstos para el 1º de julio y 1º de
octubre de 2004. |
Dto.
788/05, Art.1 |
11/07/2005 |
Se
prorroga hasta el 1º de julio y el 1º de octubre de
2006, respectivamente el incremento del 2% previsto para el
1º de julio y 1º de octubre de 2005. |
Dto.
940/06 |
27/07/2006 |
Se
prorroga hasta el 1º de enero y 1º de junio de 2007,
respectivamente, el incremento del 2% previstos para el 1º de
julio y 1º de octubre de 2006. |
Dto.
22/07 |
24/01/2007 |
Se
prorrogan hasta el 1º de enero de 2008 todas las
suspensiones con lo cual a partir de esa fecha se comienza a
aplicar el 11% de reducción a los trabajadores que optaron por el
Régimen de Capitalización (AFJP). |
Resumiendo, en
el año 1993 todos los trabajadores aportaban el 11% en concepto de
jubilación, a fines del 2001 se le reduce al 5% solo a los trabajadores
que habían elegido el Régimen de Capitalización por un año -que se
prorrogó hasta febrero de 2003- pues en marzo de ese mismo año se elevó al
7%. Desde marzo de 2003 y hasta diciembre de 2007 se fue prorrogando el
incremento gradual (primero al 9% y finalmente al 11%) hasta el mes de
enero de 2008 en el que todos los trabajadores volverán a aportar el 11% del
sueldo bruto.
Formulario 931
– SIJyP Versión 29
Como todos los
cambios en los aportes, las contribuciones y la Ley de Riesgos del
Trabajo, deben reflejarse también en la declaración jurada generada con
el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJyP).
Hace sólo 3
días, el 18 de enero
de 2008, la AFIP puso a disposición de los usuarios en el sitio www.afip.gov.ar
el nuevo aplicativo para reflejar el cambio. La nueva Versión 29
del SIJyP se encuentra bajo el título Seguridad Social del menú Aplicativos
de la ventana principal.
La
instalación del nuevo SIJyP no presentó ningún problema y mantuvo en
orden toda la información ya ingresada. Como siempre, es una buena
decisión hacer una copia de seguridad de toda la información del
aplicativo antes de instalar ésta o cualquier nueva versión. Desde el
menú Archivo y eligiendo la opción Respaldo de información se puede
hacer rápidamente el backup.
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