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Informe especial

Todo el mundo aportará el 11%

El Gobierno nacional aseguró que el aumento del aporte jubilatorio será directamente del 7 al 11% como lo indica la ley De esta manera se descartó una nueva prórroga o el incremento escalonado Ya está disponible la Versión 29 del SIJyP para reflejar el cambio.

[BPN-22/01/08] Los haberes del mes de enero de 2008 tendrán una modificación en los aportes que se le realizan a los trabajadores que eligieron el régimen privado de jubilación (AFJP). Hasta el mes de diciembre, aportaron el 7% de su sueldo bruto y ahora, a partir del 1º de enero de 2008, pasarán a aportar el 11%.

Aunque los trabajadores que hayan elegido el sistema de capitalización verán una disminución en sus haberes, el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, reiteró que estos aportes saltarán del 7% al 11% y no habrá gradualidad en los mismos como había solicitado el titular de la CGT, Hugo Moyano.

Hace casi un año, el 24 de enero de 2007, se publicó en el Boletín Oficial (BO) el Decreto 22/2007 cuyo 1º artículo dice: "Prorrógase hasta el 1º de enero de 2008, las suspensiones dispuestas por el artículo 1º del Decreto Nº 390/03 y prorrogadas por el artículo 1º del Decreto Nº 809/04, el artículo 1º del Decreto Nº 788/05 y el artículo 1º del Decreto Nº 940/06, respecto del restablecimiento de los DOS (2) puntos porcentuales correspondientes al aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia, ordenado por el artículo 2º del Decreto Nº 2203/02, oportunamente reducido por el artículo 15 del Decreto Nº 1387/01, modificado por el artículo 5º del Decreto Nº 1676/01". 

La redacción de este último artículo, por las innumerables referencias que hace a todos los anteriores, convierte su lectura en muy poco amigable. 

Para hacer memoria y bucear por este laberinto de decretos y artículos, éstos son los antecedentes de las reducciones, aumentos y prórrogas que han sufrido los aportes relacionados con la jubilación de los trabajadores.

Nº de Ley/Decreto y Artículo

Fecha publicación BO

Resumen del mismo

Ley 24.241, Art. 11

18/10/1993

El aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia será del once por ciento (11 %)...

Dto. 1387/01, Art. 15

02/11/2001

Se reduce al 5% el aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia establecido en el artículo 11 de la Ley Nº 24.241 por un año.

Dto. 1676/01, Art. 5

20/12/2001

Se reduce al 5% el aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia que hubiesen optado u opten por el Régimen de Capitalización (AFJP) establecido en el artículo 11 de la Ley Nº 24.241 por un año.

Dto. 2203/02

01/11/2002

Se prorroga hasta el 28 de Febrero de 2003 la reducción del aporte personal del 5% y se restablecerá a razón del 2% a aplicar el 1° de marzo (7%), 1° de julio (9%) y 1° de octubre de 2003 (11%), hasta alcanzar el 11% establecido por el artículo 11 de la Ley Nº 24.241.

Dto. 390/03, Art. 1

15/07/2003

Se suspende hasta el 1º de julio de 2004 (9%) y el 1º de octubre de 2004 (11%), el restablecimiento del 2% previstos para el 1º de julio y 1º de octubre del 2003.

Dto. 809/04, Art. 1

28/06/2004

Se prorroga hasta el 1º de julio y 1º de octubre de 2005, el incremento del 2% previstos para el 1º de julio y 1º de octubre de 2004.

Dto. 788/05, Art.1

11/07/2005

Se prorroga hasta el 1º de julio y el 1º de octubre de 2006, respectivamente el incremento del 2% previsto para el 1º de julio y 1º de octubre de 2005.

Dto. 940/06

27/07/2006

Se prorroga hasta el 1º de enero y 1º de junio de 2007, respectivamente, el incremento del 2% previstos para el 1º de julio y 1º de octubre de 2006.

Dto. 22/07

24/01/2007

Se prorrogan hasta el 1º de enero de 2008 todas las suspensiones con lo cual a partir de esa fecha se comienza a aplicar el 11% de reducción a los trabajadores que optaron por el Régimen de Capitalización (AFJP).

Resumiendo, en el año 1993 todos los trabajadores aportaban el 11% en concepto de jubilación, a fines del 2001 se le reduce al 5% solo a los trabajadores que habían elegido el Régimen de Capitalización por un año -que se prorrogó hasta febrero de 2003- pues en marzo de ese mismo año se elevó al 7%. Desde marzo de 2003 y hasta diciembre de 2007 se fue prorrogando el incremento gradual (primero al 9% y finalmente al 11%) hasta el mes de enero de 2008 en el que todos los trabajadores volverán a aportar el 11% del sueldo bruto.

Formulario 931 – SIJyP Versión 29

Como todos los cambios en los aportes, las contribuciones y la Ley de Riesgos del Trabajo, deben reflejarse también en la declaración jurada generada con el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJyP).

Hace sólo 3 días, el 18 de enero de 2008, la AFIP puso a disposición de los usuarios en el sitio www.afip.gov.ar el nuevo aplicativo para reflejar el cambio. La nueva Versión 29 del SIJyP se encuentra bajo el título Seguridad Social del menú Aplicativos de la ventana principal.

La instalación del nuevo SIJyP no presentó ningún problema y mantuvo en orden toda la información ya ingresada. Como siempre, es una buena decisión hacer una copia de seguridad de toda la información del aplicativo antes de instalar ésta o cualquier nueva versión. Desde el menú Archivo y eligiendo la opción Respaldo de información se puede hacer rápidamente el backup.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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