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Matafuegos

Consorcios en llamas

[BPN-30/07/08] Hace unos días, el director de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispuso que no se permita la instalación, recarga y/o reparación de extintores cuya vida útil supere los 20 años contados desde la fecha de su fabricación mientras que se eleva a 30 años a los que posean carga de dióxido de carbono (CO2).

El 17 de julio, durante el encuentro que organizó la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (AIPH) para tratar este tema, Roberto Neyret, -integrante de la Cámara Argentina de Seguridad (CAS) pero que en esta oportunidad habló a título personal- subrayó que esta nueva disposición generará problemas gravísimos para los consorcios y que la normativa "está mal desde el punto de vista técnico, económico y jurídico". Una de sus mayores preocupaciones son los costos que deberá afrontar el consorcio para poder recambiar los equipos y la insuficiencia del mercado para poder abastecer a todos los usuarios.

"Vengo a decirles que esta disposición está mal. Queremos que nos ayuden a parar esta vergüenza", resaltó al inicio de la conferencia. Un miembro de AIPH explicó que justamente decidieron organizar el encuentro debido a que les llamó poderosamente la atención el gasto que le representará al consorcio cumplir con esta disposición: "esto es mucha plata. Para determinados consorcios va a ser superior a la recaudación de expensas de todo el mes".

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Roberto Neyret: gerente de ventas de una empresa dedicada a matafuegos, instalaciones y protección personal.

Neyret argumentó que la primera falencia de la norma es que afirma que todos los extintores deberán ser fabricados, reparados, recargados e instalados bajo las exigencias de las normas IRAM pero las normas IRAM no hacen referencia a la vida útil, longevidad o fecha de vencimiento de los matafuegos.

Al mismo tiempo, explicó que la ordenanza no se aplica de ahora en adelante sino que incluye a todos los equipos fabricados antes de 1988. "Esto nos genera a nosotros, como recargadores de matafuegos, un montón de inconvenientes porque es atroz y monstruosa la cantidad de equipos que se van a tener que dar de baja", advirtió.

"¿Quiénes van a poder fabricar 510 mil matafuegos para poder hacer el recambio? Nadie. La fábrica más grande de matafuegos en Buenos Aires tiene capacidad para fabricar 8 mil unidades mensuales. Entre las demás podrían llegar a fabricar, como mucho, 20 mil", sostuvo.

Cuando Pequeñas Noticias le consultó si CAS había tomado alguna medida respecto a este tema respondió: "ninguna, como cámara no tomó ninguna medida, después individualmente hay algunos que están a favor y hay otros que ven que esta norma no resiste y va a ser un problema para todos; para nosotros, para ustedes (haciendo referencia a los administradores) y para sus clientes".

El 33% de los matafuegos quedaría obsoleto

Neyret informó que uno de los miembros de CAS hizo un estudio para analizar la situación y estimó una proyección de gastos a partir de la Resolución 2614. El estudio advierte que se deberían reponer un 33 por ciento del total de los matafuegos.

Es decir, que si en un taller entran mil matafuegos por mes, 330 los van a tener que inutilizar, "al 33 por ciento lo voy a tener que dar de baja, esto significa que si yo proceso mil matafuegos por mes, tengo que dar de baja a 330. El usuario lo va a tener que reponer y si no tuviera para hacerlo, se embroma".

En la provincia de Buenos Aires el procedimiento para desechar un matafuego es cortarlo con un soplete y en caso de tener que desechar un equipo el consorcio no solo deberá hacerse cargo de ese gasto –costo de horas/hombre- sino también del flete de ida y vuelta.

La CAS no habría apoyado esta norma

En la disposición, la Dirección de Defensa del Consumidor manifestó que "la Cámara Argentina de Seguridad recomienda la aplicación de un método que limite la vida útil de los extintores, y para ello hace expresa mención a normativa vigente en el territorio de la provincia de Buenos Aires, la que limita y determina que los equipos extintores deben cumplir con normas de seguridad recomendadas por profesionales".

Sin embargo, Neyret desmintió esto y aseguró que no es real que CAS haya recomendado la aplicación de un método de vida útil de los extintores y expresó que hay un error en cuanto a la redacción de esto porque aunque hubo una comunicación entre el que escribió la norma y la cámara, no hay una nota de la cámara que avale esta normativa porque no tiene ningún respaldo técnico. "El organismo técnico por excelencia es el IRAM y si el IRAM no lo pone dentro de su norma es porque evidentemente no hay un fundamento sino ya lo hubiesen pedido", aclaró.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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