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CAPHyAI

Será inevitable el pago de la nueva planilla salarial

[BPN-13/01/10] El nuevo Consejo directivo de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) informó que es inevitable la aplicación de las nuevas escalas salariales porque cuando se presenten para su homologación será suficiente con que esté firmado por dos de las entidades que representan a los empleadores.

La CAPHyAI anunció en su circular Nº 72, del mes de diciembre, que al día de la fecha no recibieron respuesta a la nota que el pasado 21 le enviaron al Ministro de Trabajo, Dr. Carlos Tomada, en la que le solicitaron les haga saber "si las escalas salariales que están distribuyendo tanto la FATERHY como AIERH, son las que corresponde aplicar para efectuar las liquidaciones de los haberes del mes de diciembre 2009".

Por último la CAPHyAI remarcó que "hay muchas asociaciones que se adjudican una dudosa representatividad y que creen que pueden defender mejor que nuestra Institución los intereses de los propietarios. Nosotros reunimos en nuestro favor todo lo actuado en los distintos convenios colectivos que fuimos parte e inclusive dimos prueba de nuestra capacidad cuando solo éramos nosotros la parte patronal".

Según la última modificación del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) en el mes de diciembre se debía integrar el aumento de 380 pesos otorgado durante el 2009 a la escala salarial entonces vigente. Esa integración se debió hacer respetando las diferencia porcentuales que existen entre categoría y categoría: 380 para la 4ª categoría, 418 para la 3ª, 437 para la 2ª y 456 pesos para la 1ª.

¿Sabe qué escuché...?

Rumores de ascensor

El las últimas semanas se escucha el  persistente rumor que el Grupo de los 5 (G5) comenzaría el año con una grave fractura en lo más profundo de su seno. Si bien este medio no pudo lograr más precisiones, el runrun del ascensor no dejó de vaticinar importantes novedades en el más corto plazo.

¿Quién? ¿Por qué? ¿Cómo? Solo el tiempo lo dirá.

Es de recordar que esa mega estructura de entidades de administradores está integrada por la UADI, (Unión Administradores de Inmuebles), el AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal), la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias), FRA (Fundación Reunión de Administradores) y AIPH (Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH).

Nació ante la posibilidad de que -en noviembre de 2007- se legisle en la Ciudad de Buenos Aires un Colegio Público de Administradores de la mano de Daniel Santilli y Jorge Enríquez.

Ya en sus orígenes entre sus asociados se presentaron conflictos que trajeron ciertos malestares aunque aparentemente, con el tiempo, se fueron subsanando.

A nivel de supra organización, el G5 tuvo éxito en  consensuar una planilla de honorarios comunes a todas las entidades pero fracasó en el objetivo de crear un Colegio Público de Administradores y frenar la modificación de la Ley 941 (Ley Abrevaya).

Sin embargo el SUTERH (Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal) publicó una escala salarial con un aumento de un 9,6% más para las funciones de jornada completa sin vivienda salvo el "Personal asimilado sin vivienda" de 4ª categoría que recibió un 19.86% más. Poco después el AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal) y la UADI (Unión Administradores de Inmuebles) ratificaron estos valores.

El Consejo Directivo recordó a sus asociados que "esta metodología no es nueva. Ya ocurrió en el convenio del año 2005 y luego dichas escalas fueron homologados por el Ministerio de Trabajo, ante la presentación de tres de los cuatro firmantes del Convenio; los que no firmamos fuimos nosotros".

"No" es no

En la circular la CAPHyAI –a modo de antecedente- explicó que avanzadas las negociaciones salariales del 2009, el 8 de mayo se opuso al incremento salarial y a las cláusulas que se modificaban por ese Convenio.

El 15 de mayo presentó una nota dirigida al Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 3, brindando las explicaciones del caso y ratificando su oposición a la homologación de las cláusulas que modifican la Convención 378/04.

El 21 de julio realizó una nueva presentación ante el Ministerio de Trabajo fundamentando su posición y oponiéndose nuevamente a la homologación.

El Ministerio de Trabajo, a través de la Subdirección Nacional de Relaciones del Trabajo, mediante la Disposición DNRT Nº 106 homologó el Convenio.

El 14 de octubre el Ministerio notificó a la CAPHyAI "… que no corresponde hacer lugar a lo peticionado" por la Cámara, entre otras cosas, porque " ...si se advierte una cuestión que amerite revisar lo actuado, no puede hacerlo el Ministerio "per se", sino que tendrá que ser demandado judicialmente, pues la convención homologada ha generado derechos adquiridos a terceros que no pueden ser soslayados,…" .

La CAPHyAI interpuso -con fecha 27 de octubre- un "recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio", que a la fecha se encuentra sin respuesta.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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