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El Dr. Juan Manuel Gallo dispuso el reempadronamiento de todos los administradores de consorcios.

El Dr. Juan Manuel Gallo dispuso el reempadronamiento de todos los administradores de consorcios.

Registro Público de Administradores de la CABA

Se dispuso un re-empadronamiento para todos los administradores

[BPN-15/09/10] Mediante la Disposición Nº 3205 con fecha 3 de septiembre de 2010 (publicada en el BO Nº 3503 del martes 14 de septiembre) el Dr. Juan Manuel Gallo, director general de Defensa y Protección al Consumidor, dispuso el reempadronamiento de todos los administradores tanto onerosos como voluntarios.

El plazo para cumplir con la nueva obligación comenzará el lunes 20 de septiembre y se extenderá hasta el viernes 10 de diciembre de este año de acuerdo a los números de matrícula de los administradores <ver nota>. La obligación deberá ser llevada a cabo ante el Registro Público de Administradores (RPA).

El artículo 4º de la reciente Disposición exceptúa del reempradonamiento a los administradores que hayan requerido la inscripción en el año 2010. Es decir, aquellas matrículas comprendidas entre los números 6864 a 7300, inclusive.

De acuerdo a la Disposición esta medida es necesaria para hacer operativas las modificaciones impuestas por la nueva Ley 941, modificada por la Ley 3.254.

Para tal fin "es menester establecer un reempradonamiento que permita contar con una nómina actualizada de los administradores de consorcios que se encuentren activos, porque que se ha corroborado la existencia de administradores registrados que no han dado cumplimiento a períodos de declaración jurada exigibles".

Por último, el artículo 10º delega la firma de las constancias de reempadronamiento y de los certificados de acreditación en la figura de la Coordinadora del RPA, Sra. Gabriela Pilar Saldivia.

Las DDJJ faltantes

La nueva Disposición establece que aquellos administradores que presenten las Declaraciones Juradas faltantes correspondientes a 2008 y 2009, quedarán eximidos de pena en caso de no haber presentado las DDJJ de años anteriores. <ver nota>.

Pasa a paso cómo cumplir

Para poder inscribirse, los administradores deberán completar dos formularios –disponibles en el sitio Web del RPA del Gobierno de la ciudad- y presentarlos en el Registro.

Pequeñas Noticias explica paso a paso cómo cumplir con esta nueva obligación <ver nota>.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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