M.
Fabiana Lizarralde |
FATERyH
0,5% más de
contribuciones
[BPN-29/12/10]
A partir de este mes de diciembre de 2010, aumentarán las contribuciones
de los empleadores del sector de la propiedad horizontal en un 0,5%. Así
lo indica el Artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT)
Nº 589/10 que reemplazó al 378/04.
Según el CCT
el objetivo de este servicio es brindar un espacio imparcial, tanto a
trabajadores como a empleadores, donde se puedan negociar ambos intereses.
Este servicio contará con un Consejo Directivo formado por seis
integrantes titulares: tres representantes de los trabajadores (uno del
SUTERH Buenos Aires y Gran Buenos Aires y dos de FATERyH) más tres en
representación de los empleadores (uno por CAPHyAI, uno por AIERH y otro
por UADI).
¿No
era que se venía pagando hace un año?
Si bien Silvia
Ghianda, miembro paritario y tesorera de la CAPHyAI, afirmó a Pequeñas
Noticias el 19 de agosto de este año (BPN Nº 412) que "el 0,5% destinado al Servicio de Conciliación Optativa (SECLITO) se aprobó el año pasado y se viene pagando desde esa época"
los propietarios deberán abonar desde este mes un 0,5% más de
contribuciones patronales por el personal que trabaja en los
consorcios.
Durante esa
entrevista la administradora explicó también que el porcentaje destinado
a este nuevo espacio "no se estableció en este convenio. Se aprobó el año pasado previendo armar este
SECLITO".
Por último
agregó que los administradores fueron suficientemente informados sobre el
tema y a modo de ejemplo explicó que "yo fui informada por la Cámara y por el AIERH. Este año lo que se hizo fue organizar las bases de aplicación del porcentaje. Ahora no se incrementó lo que se pagaba y el aumento
[que se erogará en los consorcios] es del 27,5% y nada más".
Cómo
liquidarlo, paso a paso.
Al
confeccionar las boletas para abonar los aportes y contribuciones
correspondientes a SUTERH y FATERyH a partir de diciembre de 2010, está
bien claro que algo es diferente. Si bien el mecanismo es el mismo, la
presentación del sitio cambió de color, tipografía y tamaño. Aunque
resulta un poco incómodo al principio y se extraña el botón para
terminar una sesión y continuar con otra, los pasos son los mismos.
La gran
diferencia con el anterior es que después de indicar los sueldos brutos
de los distintos trabajadores se generan tres declaraciones juradas y tres
boletas para pagar.
La primera
corresponde a los aportes y contribuciones del Fondo para la Maternidad,
Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD) y aparece el logo y nombre de
FATERYH.
En la nueva boleta se repite el mismo logo pero corresponde al
fondo para el Servicio de Facilitación Optativa para Trabajadores y
Empleadores de Renta y Horizontal que llamaron SERACARH
Contribución, ya
que lo abona solo la parte empleadora.
La tercer y última boleta es la
correspondiente al SUTERH en la que se abona el aporte y la contribución
para la Caja de Protección a la Familia (CPF) más el aporte sindical.
Las tres
declaraciones juradas son idénticas por lo tanto es una pena tener que
gastar tres hojas en la impresión o dos, si se imprimen en ambos lados.
Con las boletas es lo mismo, se deben imprimir tres boletas con lo cual la
impresora sigue trabajando horas extras.
Una pregunta
constructiva: ¿no se podrá diseñar tanto las declaraciones juradas como
las boletas de forma tal de imprimir una hoja para cada una? En una hoja,
las tres declaraciones juradas y en otra hoja las tres boletitas a abonar.
Hoy que está tan de moda cuidar el medio ambiente, no sería una mala
idea y cada uno podría cortar la hoja en tres, total ¿qué le hace una
mancha más al tigre?
La
fría letra de la ley
El texto
completo del Artículo 29 del CCT 589/10 dice: "En virtud de lo
acordado en fecha 16 de abril de 2009, los representantes de la parte
sindical, Federacion Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y
Horizontal, (FATERyH), los de la Asociacion Inmobiliaria de
Edificios de Renta y Horizontal (AIERH), los de la Union
Administradores de Inmuebles, (UADI) y los de la Cámara
Argentina de La Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI),
resuelven crear el Servicio de Facilitación Optativa para Trabajadores y
Empleadores de Renta y Horizontal. Es un servicio de facilitación y
negociación laboral optativa, que funcionará en el marco de este
convenio y del convenio vigente para los trabajadores/as de edificios de
renta. Tiene por misión brindar a los trabajadores y empleadores un
espacio imparcial, que posibilite la negociación de sus respectivos
intereses. El Consejo Directivo estará conformado por seis integrantes
titulares, tres por la parte sindical, de los cuales uno será del SUTERH
Ciudad de Bs.As. y GBA y los otros dos de la FATERyH, los otros tres por
la parte patronal que será, uno por la AIERH, otro por la UADI y otro por
la CAPHyAI. Asimismo habrá dos integrantes suplentes, uno por la parte
sindical y otro por la patronal. El Consejo Directivo aprobara el diseño
y desarrollo del Servicio para su funcionamiento y homologación.
Asimismo, a efectos de poner en marcha el Servicio, las partes acuerdan
incrementar en un 0,5% el aporte empleador previsto en el artículo 27º
de este convenio. A tal fin, la FATERyH destinara una cuenta especial para
dicha recaudación, asignando los fondos necesarios para el funcionamiento
del Servicio. Las partes estiman que este Servicio se implementará en un
plazo de 180 días".
|